Un promedio de cinco años de retraso tienen las
universidades autónomas en la renovación de los cargos de rectoría y
decanatos. El TSJ trancó el juego desde 2011, cuando la Sala Electoral y luego
la Constitucional admitieron recursos que impidieron nuevas elecciones. Y ahora
el CNU designa los cargos vacantes sin respetar las competencias de cada
consejo universitario. Las autoridades de las casas de estudios desean entregar
el testigo, pero aseguran que seguirán al frente de sus responsabilidades el
tiempo que sea necesario para frenar los intentos del gobierno de desconocer la
autonomía universitaria
En el Rectorado de la Universidad Central de Venezuela
una pared muestra los rostros de los rectores que marcaron la historia que la
precede. La primera mujer rectora en 286 años, Cecilia García-Arocha, llegó a
esa oficina en mayo de 2008, luego de ser elegida por la comunidad
universitaria como principal autoridad. Y aunque desde junio de 2012 debió
entregar el testigo, puesto que en la UCV no existe la figura de reelección en
el mismo cargo, ya cumple 2 períodos debido a una serie de decisiones jurídicas
y políticas.
El mismo escenario se repite en los rectorados de la
Universidad Simón Bolívar, la Universidad de los Andes, la Unexpo, la
Universidad de Carabobo, la Universidad del Zulia, la Universidad de Oriente,
la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado y por consiguiente en sus
consejos directivos y decanatos.
Los cuatro cargos principales –rector, vicerrector
administrativo, vicerrector académico y secretario– se deben renovar cada
cuatro años y se eligen a través de la votación de los miembros de la comunidad
académica, regulados por una comisión electoral que responde y organiza
elecciones según los reglamentos internos de cada universidad.
Pero el conflicto comenzó cuando la Sala Electoral del
TSJ decidió la suspensión de elecciones universitarias hasta tanto las casas de
estudio modificaran sus reglamentos electorales para ajustarlos a la Ley
Orgánica de Educación, promulgada en 2009. No obstante, esta normativa tiene a
su vez un recurso de nulidad admitido por la Sala Constitucional porque
contraviene el artículo 109 de la Constitución y el 10 de la Ley de
Universidades, así que, en la práctica, cualquier decisión tomada sin el
acuerdo de la comunidad universitaria representa una violación de su autonomía.
Rita Añez, rectora de la Unexpo y presidente de la
Asociación Venezolana de Rectores Universitarios desde el año 2004 hasta 2013,
recuerda el inicio del proceso con el que debió lidiar. “En 2011 se iban a
realizar las elecciones rectorales de 4 universidades autónomas (UCV, UDO, ULA
y LUZ) más 3 experimentales (Unexpo, UCLA y UNET Táchira), pero teníamos como
precedente que en 2009 (pocos meses después de que se aprobara la Ley Orgánica
de Educación) se suspendieron las elecciones de decanos. Las comisiones
electorales estuvieron durante todo el año 2010 presentando recursos ante
tribunales para que se reanudaran los procesos electorales de cada
universidad”.
Añez señala que llegó 2011 con la suspensión de las
elecciones rectorales y a pesar de las 60 sentencias que tenían para solicitar
el reinicio de los procesos, la decisión de la Sala Electoral fue obligar a las
universidades a hacer un reglamento en 15 días. Pero como la Ley de Educación
violaba la Ley de Universidades y la Constitución, la Sala Constitucional entró
en el escenario para tratar de dirimir el asunto. Entre amenazas de desacato y
multas pasó 2012 sin decisión de ninguna de las dos salas y de allí en adelante
el TSJ dejó los procesos electorales suspendidos en el aire.
G miradas Multiples
El Nacional
26 de Noviembre del 2019
No hay comentarios:
Publicar un comentario