domingo, 2 de julio de 2017

Armas en lugar de votos: ¿instigación a la insurrección? - Jesús Loreto


Durante la tarde del día 27 de junio de 2017, fueron difundidas unas declaraciones del presidente Nicolás Maduro que inmediatamente fueron catalogadas por distintos líderes políticos y demás personalidades como una declaración de guerra. En efecto, el presidente Maduro empleó palabras como combate, violencia, muerte, destrucción y armas, pero también hizo alusión a la gesta libertadora de Bolívar, Sucre y Negro Primero, además de sostener que quiere paz. Veamos que fue lo que dijo exactamente Nicolás Maduro:


“Yo se lo digo al mundo, escuchen esto, escuchen esto, yo se lo digo al mundo y aspiro que el mundo escuche después de 90 días de violencia, de destrucción y de muerte. Si Venezuela fuera sumida en el caos y la violencia y fuera destruida la revolución bolivariana, nosotros iríamos al combate, nosotros jamás nos rendiríamos y lo que no se pudo con los votos lo haríamos con las armas, liberaríamos nuestra patria con las armas, liberaríamos a la patria grande como lo hicieron Bolívar, Sucre, Negro Primero. Que nadie se llame a engaño, queremos paz, somos hombres y mujeres de paz, pero somos guerreros.”
 Uso de las armas para fines políticos

 Al margen de un estudio semántico serio sobre lo que quiso expresar el presidente Maduro, merece la pena concentrarse en lo que en efecto dijo y en las consecuencias penales de su discurso. Al respecto aludo a una norma prevista en el Código Penal de Venezuela, específicamente al artículo 145, el cual señala lo siguiente:
 “Cualquiera que ejecute algún acto que tenga por objeto hacer tomar las armas a los habitantes de la República contra los Poderes Públicos de la nación, será castigado con presidio de tres a seis años. Cuando los actos de que se trata en este artículo se cometieren con respecto a alguno de los estados de la República, las penas que se establecen se reducirán a la mitad de las indicadas en el mismo artículo.”
Obviemos por un momento las palabras del presidente Nicolás Maduro y centrémonos en la Ley. Lo esencial para interpretar una norma penal, es dejar a un lado la analogía; es decir, no podemos ampliar el ámbito de aplicación de la norma basados en aspectos semejantes que no están comprendidos en dicha norma. Si lo anterior resulta complicado, basta con un ejemplo; el homicidio es un delito que consiste en dar muerte a una persona, de manera que matar a una mascota no será jamás un homicidio, por más que la mascota se parezca a un ser humano.
 Instigación a la Insurrección

 Tocaría ahora identificar cuál es la conducta específica que se sanciona al promover el uso de armas en sustitución del voto. Dicho de otra forma, qué es lo que hay que hacer para incurrir en un delito. Sobre esto último debo mencionar que al delito previsto en el artículo 145 del Código Penal se le conoce como Instigación a la Insurrección, por lo que vale la pena saber qué significan las palabras instigar e insurrección, y para ello basta con leer el diccionario:

Instigar. Inducir a alguien a una acción, generalmente considerada como negativa.Instigaron al pueblo a pedir la dimisión del alcalde.  2. tr. Tramar o preparar con astucia algo. Una campaña de prenda instigó la caída del Gobierno
Insurrección.Levantamiento, sublevación o rebelión de un 
pueblo, de una nación, etc.

En el texto del Código Penal no aparecen estas palabras en relación al artículo 145, pero así le llaman los autores que por siglos han escrito sobre esta norma que proviene de los Códigos Penales de Italia y Francia de finales del siglo XIX. Dicho esto, lo fundamental ahora es analizar la descripción que hicieron los legisladores venezolanos sobre lo que está prohibido y sancionado en el mencionado artículo 145 del Código Penal. Ese artículo alude a cualquier acto dirigido a promover o provocar una revuelta, asonada o tumulto mediante el uso de las armas, lo que puede hacerse mediante la repartición de las armas, o con un hecho tan sencillo como lanzar una proclama.
Hay proclamas que en momentos de tensión política, económica y social, han marcado el inicio de guerras. Las palabras de Slobodan Milošević el 28 de Junio de 1989, conocido hoy como el Discurso de Gazimestán, desencadenó la sangrienta Guerra de los Balcanes, lo que trajo consigo crímenes de lesa humanidad que fueron juzgados por el Tribunal Penal Internacional para la Ex Yugoslavia.
Volvamos ahora a la letra del artículo 145. Allí se dice que ejecutar un acto con la finalidad de que los habitantes de Venezuela tomen las armas contra el Poder Público Nacional o Estadal se castiga con presidio de hasta 6 años. El presidente Maduro, durante su discurso, sin duda ejecutó un acto; habló públicamente y nombró expresamente el uso de las armas como medio para conseguir lo que no ha obtenido mediante el sufragio, por ejemplo, la mayoría de curules de la Asamblea Nacional, órgano del Poder Público Nacional, o la Gobernación del Estado Lara, órgano del Poder Público Estadal. Por otra parte, durante ese acto, el presidente Nicolás Maduro se dirigió al pueblo venezolano como al resto del mundo, de manera que su mensaje estaba dirigido a los habitantes de Venezuela.
Le corresponde al Ministerio Público determinar si ha cometido un delito. No olvidemos, sin embargo, que el presidente Nicolás Maduro es el Comandante en Jefe de la Fuerza Armada y sus palabras tienen sobre los hombres armados un efecto que no tienen las palabras de ningún otro venezolano. Tampoco debemos olvidar, ni mucho menos soslayar, que las palabras siempre tienen consecuencias, más allá de lo que dicen los códigos.
Por Jesús Loreto | 29 de junio, 2017
Fotografía de AVN

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