Caracas 11 de enero de 2020
Ciudadana
Ciudadana
Prof. CECILIA GARCÍA AROCHA MÁRQUEZ
Rectora Presidente y demás
Miembros del Consejo Universitario
Universidad Central de Venezuela
Presente.-
Me dirijo a ustedes, para presentar mi renuncia
irrevocable al cargo de Vicerrector Administrativo, que he venido ejerciendo
desde el 20 de junio de 2008. Forme parte de una fórmula electoral
producto de una confluencia de diversos sectores y que contó con un importante
respaldo de la comunidad. Iniciamos nuestra gestión con grandes expectativas y
proyectos. Sin embargo, al poco tiempo empezaron a surgir diferencias que no
pudieron ser resueltas por la vía del diálogo respetuoso entre los miembros del
equipo rectoral.
Son múltiples las razones que me llevan a tomar esta
decisión que he postergado para evitar un conflicto entre autoridades que
afectase a la universidad. Las relaciones se han deteriorado progresivamente y
se ha producido un quiebre progresivo en el trabajo del equipo rectoral, al
punto de que me resulta insostenible continuar en el cargo. El Rectorado ha
pasado a asumir atribuciones de intervención en las tareas que por ley y
reglamentos son competencia del Vicerrectorado Administrativo produciendo el
desmembramiento progresivo de su Organigrama Institucional, como describiré a
continuación:
1. Destitución y nombramiento inconsulto de jefes y
directores de Dependencias adscritas al Vicerrectorado Administrativo.
2. Durante los primeros años de nuestra gestión surgieron
diferencias con la Dirección de Planificación y Presupuesto, ya que esta
dirección otorgaba disponibilidad presupuestaria sin mi conocimiento. Después
de llamadas de atención a la Directora, comencé a recibir las comunicaciones,
como un hecho cumplido y señalando en cada caso que se tenía el aval del
Rectorado, sin mayores detalle ni justificación. Ante esta situación, a
comienzos de año 2012, me reuní con las autoridades y solicite el cambio y finalmente
la jubilación de oficio de la directora del momento, la Economista Miren
Caires. Esta medida no se ejecutó por decisión de la Ciudadana Rectora.
El paso siguiente fue la adscripción de la Dirección de Planificación y
Presupuesto al Rectorado con la aprobación del CU pero sin una argumentación
motivacional, ni el estudio técnico que justificase la modificación de la
estructura organizacional del VRAD como se puede evidenciar en el oficio CU
2015-2222. (Anexo 1).
3. A pesar de existir en el VRAD una comisión de
contrataciones, se nombró otra comisión de Contrataciones Centralizada en el
Rectorado que se encarga de todos los procesos de contratación que por
procedimientos administrativos son propios del Vicerrectorado Administrativo
(Oficios CU.2017-0299, R.136-2017 y CJO No. 177/2017 (Anexo 2). Casos
específicos en la Dirección de Asistencia y Seguridad Social (DASS), donde se
efectuaban la contratación del vestuario, de los planes vacacionales y de los
tickets de alimentación entre otros, de igual manera en la Dirección de
Administración y Finanzas quienes realizaban los procesos de contratación de
los seguros patrimoniales y de vehículos, respetando siempre las
recomendaciones de las respectivas comisiones y las decisiones del Consejo
Universitario. La nueva Comisión de Contrataciones depende directamente del
Rectorado y está integrada por algunas personas que, aunque la Ley no lo indica
expresamente, deberían inhibirse por las funciones institucionales que
desempeñan como Administración Activa, caso de la administradora del Rectorado,
el subdirector de la Dirección de Planificación y Presupuesto, la directora de
la Dirección de Administración y Finanzas del VRAD, ya que teniendo, por sus
cargos facultades de ejecución, también decidirían en la comisión. Había sido,
hasta ese momento, una política institucional que las comisiones de
contrataciones estuviesen integradas por personas sin cargos de dirección.
4. Son múltiples las contrataciones para servicios y
obras en la UCV que se han presentado desde el Rectorado con disponibilidad
presupuestaria otorgada por la Dirección de Presupuesto, cuya fuente original
de recursos no estaba destinada para ese fin. Como es de conocimiento público
los recursos presupuestarios que se han asignado, en los últimos años a la
Universidad, escasamente han alcanzado para funcionar unos pocos meses y a
partir de allí se recurre al uso de la “maqueta”, donde mes a mes se solicita
presupuesto, pero limitado exclusivamente a cubrir compromisos con el sector
laboral. Las modificaciones presupuestarias permiten, bajo estrictos
procedimientos, la utilización de recursos para cubrir emergencias
institucionales. Las decisiones sobre el uso de los recursos no han sido el
resultado de una discusión del equipo rectoral, sino una determinación
administrativa emanada del Rectorado. El desacuerdo con tales procedimientos me
ha conducido a manifestar, en algunas oportunidades, mi inconformidad,
no dando mi aprobación al momento de su votación en el CU, llegando
en algunos casos a emitir voto negativo razonado y voto salvado como ocurrió en
la sesión del Consejo Universitario del 13 de junio de 2018, con el punto del
oficio AR-315/2018 donde se aprueba un Concurso Abierto para la contratación
para la adecuación y puesta en valor de los vestuarios del complejo de piscinas
de la UCV con un costo inicial de Bs. 45.928.336.259,29 y luego el costo real
fue cercano a los 270 millardos (Anexo 3). Es una práctica reiterada que
en muchas de esas contrataciones se incluyan addendums, que en algunos casos
superan la cifra inicial de la contratación.
5. En la liquidación de la Fundación Fondo de
Jubilaciones el Consejo Universitario aprobó sin objeciones
el informe presentado, en el mes de febrero del año 2015, por
el Dr. Alejandro Cáribas (Liquidador). (Anexo 4)
En dicho informe se señaló lo siguiente:
Al tiempo de acordar por unanimidad la disolución y
liquidación de esta FONJUCV, decidieron que la totalidad de los recursos de
FONJUCV pasara a la UCV para ser destinados, de manera exclusiva, a la
seguridad social del Personal Docente y de Investigación de la UCV.
Y se presentó una descripción detallada de todos los
bienes que se traspasaron a la UCV.
En el caso de los bienes inmuebles se indicó:
“3.9.4 Administración de los Inmuebles” Con el traspaso
de los inmuebles la Universidad Central de Venezuela queda plenamente facultada
en su carácter de propietaria de los identificados inmuebles, para realizar
todos los trámites administrativos relacionados con las cobranzas del canon de
arrendamiento, pago de condominios e impuestos municipales, contratación de
seguros y cualquier otro pago de servicios derivados de los mismos.
En fecha 16 de abril de 2015, recibimos el oficio CJO
253/2015 de la Dirección de Asesoría Jurídica (Anexo 5), donde dando
respuesta a una comunicación de la ciudadana rectora (Oficio No. R-333 del 14
de abril de 2015, me indica en mi carácter de Vicerrector Administrativo:
“En este sentido y viendo las recomendaciones hechas por
el Dr. Caribas sírvase darle seguimiento a las actividades administrativas
correspondientes al pago de los condominios, cobro de los canones de
arrendamiento y pago de los impuestos anuales de los mismos, remisión que se
hace por cuanto dichas actividades son de la competencia de esa dependencia.”
Desde ese momento (14-04-2015) la Unidad de Actividades
Comerciales del Vicerrectorado Administrativo asumió la tarea que se le
encomendó sin que surgiera ningún problema.
El 22 de febrero de 2019 recibimos el oficio R-171-2019
(Anexo 6) del Rectorado donde se nos solicita un informe sobre los inmuebles
pertenecientes al Fondo de Jubilaciones y Pensiones de la UCV y la situación de
sus alquileres, a los fines de tomar decisiones en relación a su uso. El
03-04-2019 entregamos personalmente un informe en la secretaria del Rectorado
(Anexo 7), donde se suministraba la información requerida y se presentaba un
cuadro resumen sobre cada local, indicando en el último párrafo del documento
lo siguiente:
“Este Vicerrectorado está abierto a discutir cualquier
planteamiento sobre la administración de los locales provenientes del Fondo.
Sin embargo, queremos señalar que la Unidad de Actividades Comerciales ha
cumplido con la misión que se le encomendó y ha logrado sanear y actualizar la
administración de los mismos sin incurrir en gastos adicionales. Los recursos
que se empiezan a obtener de los locales, después de la renegociación de los
contratos de alquiler se destinarán previa aprobación del Consejo Universitario
a la Seguridad Social de los profesores de la UCV.”
El 21 de mayo de 2019 se recibe del Rectorado el oficio
R-374/2019 (Anexo 8), donde se indica:
En la comunicación no se hace referencia alguna al
informe previamente entregado el 03-04-2019 (Anexo 7), ni observaciones sobre
los datos suministrados. Sin embargo, se da ya como un hecho la transferencia
solicitada contraviniendo lo aprobado por el CU, en el Informe de liquidación
del Fondo de Jubilaciones cuando se indica: “no es competencia de la comisión
de actividades comerciales adscrita a ese Vicerrectorado Administrativo, el
manejo y administración de los inmuebles y de las ganancias generadas por su
arrendamiento. Con tal afirmación no solo se desconoce la misión que se le
encomendó a la Unidad de Actividades Comerciales, sino que muestra un
desconocimiento de la estructura organizacional de la UCV, específicamente del
VRAD, donde NO existe una Comisión de Actividades Comerciales, sino una Unidad
de Actividades Comerciales, con estructura y funciones administrativas
específicas, aprobadas por el Consejo Universitario, CU.2014-0900 (Anexo 9),
además enmarcadas en las competencias y atribuciones señaladas en las normas
regulatorias de las actividades comerciales de la UCV.
En cuanto a lo que ha sido el manejo y administración de
los locales, reiteramos lo especificado en el Informe del 3 de abril de 2019(Anexo
7),
Se puede comprobar que los recursos obtenidos solo han
sido utilizados en gastos y compromisos producto de su administración y no para
ningún otro fin.
A pesar de lo indicado se volvió a suministrar a la
Ciudadana Rectora toda la información mediante el oficio VRAD-0187 de fecha
03-06-2019 (Anexo 10). En fecha 15-07-2019 se recibe un nuevo oficio
R-647-2019 (Anexo 11), solicitando el traslado y toda la documentación,
contraviniendo nuevamente la decisión del Consejo y los procedimientos
administrativos. El 4 de noviembre se vuelve a enviar, mediante el oficio
VRAD-0330 (Anexo 12), el informe situacional de los locales externos al
mes de octubre de 2019.
Hasta el presente no se ha recibido en el VRAD ninguna
respuesta a los informes enviados, solo la reiterada solicitud de trasladar
la administración de los mismos al Rectorado. Finalmente se incluyó
en la agenda del Consejo Universitario del día 20-11-2019 la solicitud de
transferencia al Rectorado de los inmuebles.
4. Transferencia de la administración y custodia al
Rectorado de los bienes inmuebles (Locales comerciales) provenientes de la
liquidación del Fundación Fondo de Jubilaciones y Pensiones del Personal
Docente y de Investigación de la Universidad Central de Venezuela
(FONJUCV).
Y se aprobado el punto, como se puede comprobar en el
acta de la sesión del día 27-11-2019
El Consejo Universitario conoció el Oficio Nº R-894-2019
de fecha 20-11-2019, y en tal sentido, aprobó la transferencia de la
administración y custodia al Rectorado de la Universidad, los bienes inmuebles
(Locales comerciales), que formaban parte de la Fundación Fondo de Jubilaciones
y Pensiones del Personal Docente y de Investigación de la Universidad Central
de Venezuela (FONJUCV), y que se encuentran bajo custodia y administración del
Vicerrectorado Administrativo, en virtud de la contingencia del proceso de
liquidación del FONJUCV. Estos bienes están identificados de la siguiente
manera:
1. Una Oficina distinguida con las siglas 11-A, situada
en la planta once (11) del Edificio denominado Centro Seguros Sud
América;
2. Local comercial identificado T-5C, ubicado en la Torre
C de la edificación denominada
Galipán.
3. Local comercial identificado como T-7C, ubicado en la
Torre C de edificación denominada Galipán.
4. Local comercial identificado T-36 que forma parte de
la planta Sótano 1 piso 1 Comercio, nivel Tamanaco Centro Lido.
La transferencia de estos bienes inmuebles se realiza con
la finalidad de unificar la administración de tales activos de manera que pasen
a formar parte de las inversiones y disponibilidades en moneda extranjera, con
el propósito de asegurar el sostenimiento de los programas de seguridad social
del Personal Docente y de Investigación de la UCV y sus familiares
dependientes.
Asimismo, la presente transferencia se fundamenta en el
destino que corresponde a esa masa patrimonial, por haber sido conformada con
los aportes del personal docente de esta Casa de Estudio, cedidos en plena
propiedad a la Universidad Central de Venezuela para ser destinados única y
exclusivamente a la seguridad social del profesorado, de conformidad con el
Reglamento de Jubilaciones y Pensiones del Personal Docente y de Investigación
de la UCV, y Acta Extraordinaria de disolución de la Fundación debidamente
notariada en fecha 31-03-2014.
No existe ninguna referencia sobre los Informes
suministrados al Rectorado (Anexo 7, Anexo 10, Anexo 12), donde se evidenciaban
las gestiones realizadas y los fondos obtenidos y se reiteraba que los fondos
obtenidos solo se utilizarían en la seguridad social del profesorado. La
omisión de estos documentos, sin duda hubiesen permitido una amplia discusión
en el Consejo Universitario antes de tomar la decisión. Todos los elementos
indicados ponen en evidencia que el requerimiento inicial de traslado sin la
aprobación del Consejo Universitario constituía un acto administrativo
violatorio a las normas y procedimientos, agravado por el hecho de no haber
presentado el punto con toda la información a la hora de la discusión en el
Consejo Universitario, lo que pudo inducir al mismo a una decisión
inadecuada.
“3.10. De las Inversiones y Disponibilidad en Moneda
Extranjera.”
En el informe del Dr. Cáribas se realiza una descripción
de la Cartera de recursos en moneda extranjera del FONJUCV al inicio de la
liquidación.
“3.10.1. De la Cartera de FONJUCV al inicio de la
liquidación.”
Y de los procesos de Transferencia.
“3.10.2 Proceso de transferencia.”
Anexando además un Complemento del Informe de liquidación
del FONJUCV, donde se presenta un detalle de la disponibilidad e inversiones en
títulos valores transferidos a la UCV al 2 de febrero de 2015. Indicando que la
disponibilidad en moneda extranjera para ese momento era de $ 18.419.179,23.
Señala el Dr. Cáribas en su informe que durante el
proceso de liquidación de FONJUCV no se realizó ninguna venta de posiciones en
títulos valores, sino que las mismas fueron traspasadas a la UCV, tal como se
encontraban al tiempo anterior a su recepción por el liquidador de FONJUCV,
salvo algún eventual vencimiento y su conversión en disponible.
El Vicerrectorado Administrativo no tuvo en ningún
momento injerencia directa en las operaciones que se realizaron y realizan con
las inversiones y disponibilidad en Moneda Extranjera. Desde el traspaso a la
UCV, todos los procesos se realizaron directamente desde el Rectorado.
El Consejo Universitario aprobó en sesión del dia
31-07-2019 según consta en el Oficio CU.2019-0782 (Anexo 13) que tanto el
IPP como la UCV, presentasen el día 2 de octubre de 2109, un informe de la
situación patrimonial de los recursos en moneda extranjera que manejan ambas
instituciones, sin que hasta este momento se haya cumplido con esta decisión.
6. Caso de CEDIVI.
La participación del VRAD y mi persona en este caso
consistió en:
- Solicitar, luego de una visita acompañado por el Dr,
Nicolás Bianco, la inspección y evaluación de los equipos de diagnóstico por
imagen, así como las instalaciones del referido centro. Esta evaluación fue
efectuada por la empresa SEROFCA Servicios Radiológicos, empresa especializada
en protección radiológica y control de calidad de equipos de diagnóstico por
imágenes, conformada por egresados de nuestra casa de estudio, específicamente
del Postgrado de Física Medica de la Facultad de Ciencias, quienes luego
de realizar, en presencia del Prof. Alfredo Marcano y mi persona, las pruebas
técnicas a cada uno de los instrumentos, presentaron en el mes de abril de 2018
un informe del estado de los equipos. Se incluye copia del Informe (Anexo
14) donde se indicó además una estimación del precio de mercado, su valor
ascendía a la cantidad de $ 217.500, considerando que el resonador magnético,
que al momento se encontraba inoperativo, estuviese funcionando.
- El Departamento de Bienes Inmuebles de la Dirección de
Administración y Finanzas del VRAD coordinó el proceso de avalúo de la parcela
de terreno y casa quinta con uso comercial perteneciente al Centro de
Diagnóstico para la Vida C.A. (CEDIVI), ubicado en la Calle Agustín Codazzi,
Parcela 2, Urbanización Santa Mónica, Parroquia San Pedro, Caracas, Distrito
Capital. En el informe presentado el 20 de abril por el Ing. Simón Lagardera
Meléndez se indica que precio del referido inmueble era, a la fecha de Bs.F
437.815.312.303,00 lo que representaba en ese momento al cambio referencial
(610.725,66 Bs.F/$) la cantidad de 716.877,22 $. Se incluye copia del Informe
(Anexo 15).
Ambos informes fueron entregados al rectorado y se
incluyeron en el punto presentado al Consejo Universitario donde se aprobó
favorablemente la iniciativa de adquirir CEDIVI. Sin embargo, la decisión final
para la compra y el precio de la operación no fue discutida ni aprobada por el
Consejo Universitario.
7. Convenio UCV-IPP sobre SAMHOI.
El sector profesoral cuenta en el Instituto de Previsión
Social del Profesorado de la UCV desde el año 1994 con el seguro auto
administrado SAMHOI. Este seguro hasta el año 2018 era un sistema
complementario que se financiaba parcialmente con las primas que debían pagar
los profesores que se inscribían en él. En el mes de diciembre de 2017 la
APUCV presentó a la consideración del Consejo Universitario la propuesta de que
la UCV financiara el 75% de las primas del personal docente afiliado a SAMHOI.
El 18 de abril del año 2018, el Consejo Universitario aprobó, por unanimidad,
el aporte financiero de la UCV para cubrir el 50% de los siniestros
indemnizados al personal docente incluyendo a su grupo familiar inscrito. Adicionalmente,
se nombró una comisión para supervisar y evaluar el desarrollo de los acuerdos,
integrada por la Rectora, el Vicerrector Administrativo, un miembro designado
por la APUCV y otro designado por el Consejo Universitario. La implantación del
Convenio de Cofinanciamiento IPP-UCV para el seguro SAMHOI ha permitido
disponer de la atención para hospitalización, cirugía y maternidad, sin pago de
primas por parte del profesorado. Los topes de cobertura han aumentado
progresivamente en cada oportunidad que el Consejo Universitario ha aprobado
cada uno de los nueve (9) informes que en mi condición de coordinador de la
comisión he presentado al Consejo.
El convenio de Cofinanciamiento del Seguro SAMHOI entre
la UCV y el IPP, en el primer año de ejecución (2108), se desarrolló
satisfactoriamente. En el año 2019 comenzó a presentar problemas, primero
cuando la ciudadana Rectora argumento que la aprobación solo era para el año
2018 y luego por el retardo en la transferencia de los recursos al IPP.
Durante el año 2019 el Consejo Universitario aprobó los
siguientes informes de la Comisión:
Informe Fecha de Aprobación por el CU
Sexto Informe 20-02-2019 (CU 2019-0130)
Séptimo Informe 10-04-2019 (CU 2019-0269)
Octavo Informe 12-06-2019 (CU 2019-0544)
Noveno Informe 31-07-2019 (CU 2019-0774)
En todos ellos se presentó el análisis de los siniestros
y un cuadro resumen de los montos facturados e indemnizados en el
correspondiente periodo. La metodología utilizada para realizar la estimación
de las cantidades que correspondían aportar a la UCV y al IPP, para el
cofinanciamiento ha sido la misma desde su inicio en el año 2018. Al cierre de
cada mes se totalizan los siniestros indemnizados en el programa SAMHOI y se
realiza la estimación en dólares tomando como referencia el valor promedio de
la divisa en el referido mes. De acuerdo a lo estipulado en el Convenio la UCV
cubre el 50% del total y el IPP el otro 50% restante. Con la aprobación del
Noveno Informe, el 31 de julio de 2019, se cubrió el análisis del programa
hasta el mes de JUNIO de 2019.
En el Noveno Informe se indicó: “De acuerdo a los
análisis de siniestros evaluados, se estima que el aporte de la UCV para poder
cubrir los siniestros que se produzcan e indemnicen cada mes sería de $
50.000,00.
Por lo que recomendé, dada la cercanía del periodo
vacacional, efectuar un aporte de $ 200.000,00 para cubrir los siniestros hasta
el mes de septiembre (junio a septiembre).
Cumpliendo con la misión que se me encomendó como
coordinador de la comisión, y a pesar de estar en situación de permiso realicé,
durante el mes de octubre, el análisis de los siniestros SAMHOI ocurridos
durante el periodo julio-septiembre, que me fueron enviado por el IPP. La
metodología utilizada fue la misma que se empleó en los nueve informes
anteriores, se realiza la revisión, se envía a la comisión y luego al Consejo
Universitario, quien en definitiva es el órgano aprobatorio.
Luego de la revisión hecha por el personal del VRAD,
elaboré el DECIMO INFORME y lo envié el 22 de octubre, por correo a los
miembros de la Comisión. Anexo copia del correo y del informe (Anexo 16 y Anexo
17 ). El estudio económico de los siniestros ocurridos durante los meses de
julio, agosto y septiembre, siguiendo la misma metodología empleada en los
NUEVE Informes previos, se presentó junto con los del mes de junio (ya aprobado
por el CU), en un cuadro resumen del periodo Junio-Septiembre. El resultado
arrojó la cifra de $ 209.909,64, como la cantidad a aportar por la UCV para
cubrir el 50% del monto de los siniestros indemnizados en dicho periodo. El
costo real difiere en solo $ 9.909,64 de la estimación realizada en el mes de
julio, lo que representa una variación de solo 4,5% entre lo estimado y el
gasto real.
El 23 de octubre recibe el IPP, el aporte de $ 200.000,00
que debió haberse enviado al inicio del periodo vacacional (primeros días del
mes de agosto), de acuerdo a la recomendación realizada al momento de la
aprobación del NOVENO informe.
El 18 de noviembre envié por correo electrónico (Anexo
18) a los miembros de la Comisión y a los miembros del Consejo Universitario
(Anexo 19) un nuevo informe (Anexo 20) con los siniestros ocurridos durante el
mes de octubre y además un cuadro resumen detallado de los compromisos
adquiridos por la UCV, en el Convenio de Cofinanciamiento del Seguro SAHMOI,
indicando que la deuda total de la UCV hasta el mes de OCTUBRE de 2019 ascendía
a la cantidad de $109.953,63. Se anexa copia de los correos y del informe
(Anexos 18, 19 y 20). Cuál no sería mi sorpresa, cuando basándose en que me
encontraba en ese momento en situación de permiso se descarta toda la
información que envié, pero se utiliza todo el análisis de data elaborada por
mí para aplicar “unilateralmente” una nueva forma de cálculo de las divisas,
que se deben indemnizar. Se tomó el monto en bolívares de los
siniestros indemnizados en el periodo junio a octubre (ambos inclusive) y
utilizando la paridad cambiaria al momento actual del dólar se reestimo el
aporte en US $ que correspondía a la UCV, dando como resultado que se publique
ahora un comunicado de las Autoridades donde se indica que no existe tal deuda
y por el contrario los aportes de la UCV cubrirían los compromisos del Convenio
hasta el mes de enero del 2020.
Debo enfatizar que la nueva metodología empleada por el
equipo designado por la Rectora para estimar el monto en dólares a indemnizar
al IPP por los siniestros SAMHOI se basa en pagar deudas viejas, estimadas en
bolívares, aplicando al cambio actual del dólar lo que se traduce en una
disminución de la deuda por la progresiva devaluación del bolívar.
8. Contratación de una póliza de HCM para los profesores
activos y jubilados de la UCV.
En la agenda de la sesión del Consejo Universitario del
día 04-12-2019, se incluyó el oficio del Rectorado No. AD.RECT.UCV.12.2019
solicitando la “autorización para el inicio del procedimiento de contratación
bajo la modalidad de Contratación Directa de una póliza de hospitalización,
cirugía, maternidad, gastos funerarios para profesores activos y jubilados de
la UCV, por un periodo de 12 meses”,
2. Oficio Nº AR-620/2019 de fecha 02-12-2019, emanado del
Rectorado, mediante el cual solicita la autorización para el inicio del
procedimiento de contratación bajo la modalidad de Contratación Directa Nº
AD.RECT.UCV.12.2019, para la “CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE PÓLIZA DE
HOSPITALIZACIÓN, CIRUGIA, MATERNIDAD, GASTOS FUNERARIOS PARA PROFESORES ACTIVOS
Y JUBILADOS DE LA UCV, POR UN PERIODO DE 12 MESES”, de conformidad con la Ley
de Contrataciones Públicas. Dicho procedimiento cuenta con la disponibilidad
presupuestaria según consta en el Oficio Nº AR-630-2019 de fecha 29-11-2019,
por el monto Bs. 135.000.000.000,00.
Al respecto quiero alertar sobre los siguientes aspectos:
1) El procedimiento de contratación que se plantea es
bajo la modalidad de Contratación Directa
La contratación Directa de acuerdo a la Ley de
Contrataciones puede aplicarse cumpliendo con el procedimiento de acto motivado
que lo justifique:
CAPÍTULO VI Contratación Directa Artículos 101 a 103
ARTÍCULO 101 Procedencia de la
Contratación Directa
Se podrá proceder excepcionalmente por Contratación
Directa, independientemente del monto de la contratación, siempre y cuando la
máxima autoridad del contratante, mediante acto motivado, justifique
adecuadamente su procedencia, en los siguientes supuestos:
1. Si se trata de suministros de bienes, prestación de
servicios o ejecución de obrar requeridas para la continuidad del proceso
productivo, y pudiera resultar gravemente afectado por el retardo de la
apertura de un procedimiento de contratación.
En el caso de los Servicios de HCM existe desde el año
1994 el Seguro SAMHOI que desde el año 2018 cuenta con cofinanciamiento
de la UCV aprobado por el Consejo Universitario, para el profesorado y su grupo
familiar. El seguro SAMHOI funciona por lo que no se justifica que podría
afectarse el proceso de prestación de ese servicio por un retardo de un proceso
de contratación de un SISTEMA TOTALMENTE NUEVO.
“La contratación directa se justificaría si el
´profesorado no contase con una cobertura de un seguro”.
2) Se plantea una disponibilidad presupuestaria según
consta en el Oficio Nº AR-630-2019 de fecha 29-11-2019, por el monto Bs.
135.000.000.000,00.
La disponibilidad presupuestaria debe ser avalada por la
Dirección de Presupuesto, indicando las partidas que disponen de los fondos a
utilizar. Por la idenficación del oficio AR 630, parecería indicar que la
disponibilidad presupuestaria la está otorgando la Administración del Rectorado
y cabría preguntarse de donde provienen esos recursos?. No están registrados
en el presupuesto de la UCV?. Son Ingresos Propios que se administran
directamente?, aun en esos casos esos recursos deben ser reportados a la
Dirección de Presupuesto para que se efectúen las modificaciones
presupuestarias y que sea esa Dirección la que otorgue la disponibilidad
presupuestaria correspondiente, no es la Administración del Rectorado el ente
que la otorga.
3) Se plantea el inicio del procedimiento de
contratación. Sin embargo, se debe especificar:
a) Solo cubriría a los PROFESORES ACTIVOS Y JUBILADOS DE
LA UCV, POR UN PERIODO DE 12 MESES?.
En los actuales momentos el Seguro SAMHOI cubre al
profesor y su grupo familiar debidamente inscrito sin pago de prima alguna por
parte del profesor
b) No se especifica el Pliego de Condiciones, por lo que
no se conoce cuál sería la cobertura y si significa una mejora en relación a lo
que ofrece actualmente el SAMHOI. Se debe solicitar el Pliego de Condiciones.
4) Se debe realizar el análisis económico de los
que significa una contratación de ese tipo.
Actualmente el seguro SAMHOI cubre al profesor y su grupo
familiar hasta un monto de 60.000.000,00 equivalente a unos 2000$, estimación
realizada con el valor de la paridad cambiaria para el momento de la aprobación
de la ampliación de la cobertura por el Consejo Universitario. El monto
del aporte de la UCV equivale a unos 50.000$ mensuales lo que representaría un
aporte de unos 600.000$ anuales si agregamos el aporte del IPP, es costo anual del
seguro SAHMOI estaría en el orden de 1.200.000,00 $ para una cobertura de 2000$
para el profesor y su grupo familiar.
La contratación que se plantea efectuar asciende a la
cantidad de Bs. 135.000.000.000,00 si aplicamos el cambio
monetario actual equivaldrían a 3.376.000,00 $ y solo cubriría al profesor.
Los análisis de los siniestros ocurridos durante el año
2019 permiten indicar que con un aporte total de la UCV y del IPP de
2.400.000,00 $ se pudo haber cubierto el monto TOTAL (Facturado) de TODOS
los siniestros ocurridos, no solo el monto indemnizado.
5) De acuerdo al Acta Convenio la UCV otorga al IPP
la administración de los servicios de salud del profesorado. La contratación
Directa de un Seguro HCM, para el personal docente por parte de la UCV,
significaría una violación del Acta Convenio
Aprobar la apertura de un proceso de contratación Directa
sin aclarar los puntos señalados significaría que el Consejo Universitario
asume responsabilidades administrativas que podrían estar sujetas a sanción.
Como mencioné en el inicio de esta exposición, estos han
sido los aspectos más relevantes que motivan mi renuncia. Son muchos los
detalles adicionales que fueron paulatinamente, en el tiempo de mi gestión,
obstaculizando el trabajo como equipo rectoral, el cual debe estar sostenido
por el respeto a quienes, de manera individual, merecimos en su oportunidad, el
voto del electorado ucevista, para desempeñar los cargos para los que fuimos
electos. Finalmente, quiero terminar dándole las gracias al equipo de trabajo
del Vicerrectorado Administrativo, quien siempre estuvo presente con mística,
capacidad y colaboración, para apoyar nuestro funcionamiento. Mención especial
merece el profesor Alfredo Marcano, quien más allá de su amistad sin condición,
ha sido un soporte invaluable durante nuestra gestión. Su trabajo y asesoría
técnica, ha permitido la sistematización de muchos de los procesos que han
hecho más eficientes los procedimientos administrativos. También agradezco a
los amigos consejeros y demás miembros del Consejo Universitario de la
Universidad Central de Venezuela. Agradezco todo lo que pude aprender y vivir
durante la gestión, lo bueno y lo malo, porque me permitieron discernir acerca
de lo que se debe y no se debe hacer al servicio de nuestra Alma Mater.
Digalo Ahi Digital
27 de Noviembre del 2020
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