martes, 24 de abril de 2018

Antejuicio a Maduro



La imposibilidad de la consecución de la justicia en Venezuela, debido a la falta de independencia de los poderes, confiscados a todas luces por el poder central, ha hecho que los expertos en derecho internacional y en el marco de la jurisdicción universal, expongan sus puntos de vista acerca de la validez de las acciones y decisiones que resulten del Tribunal Supremo de Justicia de Venezuela que se conformó fuera del país, a raíz de la persecución de los magistrados designados por la Asamblea Nacional en junio de 2017.


Quienes estudian este caso, califican como inédita la creación de este tribunal “extraterritorial”, y aseguran que es consecuencia de un “Estado forajido” de gran impacto internacional, violador de los más elementales derechos humanos, unido a mafias transnacionales de tráfico de sustancias ilícitas de gran poder económico y político, como señala en un análisis reciente el profesor universitario Tulio Álvarez. Adicionalmente, con el desmantelamiento de las instituciones del Estado, se está desencadenando en una crisis humanitaria que está afectando mayormente a los países del hemisferio occidental.   

Todos estos tipos penales que según algunos expertos, se están llevando a cabo en Venezuela, están tipificados en la legislación internacional y considerados delitos que deben o pueden ser juzgados por la justicia internacional.

El abogado Tulio Álvarez, Profesor de la Universidad Central de Venezuela (UCV) y Universidad Católica Andrés Bello (UCAB), coloca como ejemplos de la universalidad de la justicia los casos juzgados en territorio español de Augusto Pinochet y Guatemala, por crímenes regulados por el derecho internacional.

“Existe una competencia universal para perseguir sujetos independientemente del lugar donde se cometieron los delitos, nacionalidad activa o pasiva o de otros fundamentos reconocidos por el derecho internacional. La primera fuente de esta competencia universal, son los principio fundamentales del derecho internacional reconocidos por la comunidad internacional, aun cuando pueda estar establecida en los tratados multilaterales”, suscribe en su escrito.

La Directora de la Cruz Roja en Gaza, Matilde de Riedmatten, indicó en 2006 que “la jurisdicción universal otorga a los tribunales nacionales de cualquier país la competencia para sancionar crímenes internacionales, como por ejemplo, crímenes de lesa humanidad, crímenes de guerra y genocidio, independientemente del territorio donde haya cometido el hecho y la nacionalidad del perpetrador o la víctima”.

Por su parte, la doctora venezolana Angelina Jaffé, asegura que la jurisdicción universal se remonta al juicio de Adolf Eichman en Jerusalén, 1961. “Eichman fue detenido en Argentina y fue trasladado a Israel para que enfrentara la justicia”, suscribió.

Hay que hacer una diferencia entre jurisdicción universal y jurisdicción internacional, que ejercen los tribunales penales internacionales, ya que esta última, se trata del ejercicio de la jurisdicción penal por parte de instancias de carácter internacional a través de la firma de convenios o acuerdos.

Para Tulio Álvarez, los crímenes cometidos en Venezuela son de tal gravedad que, teóricamente, cualquier ciudadano podría denunciar la comisión de delitos previstos en la ley y los convenios internacionales, y constituirse en parte acusadora. Sin embargó, manifiesta que “el tribunal supremo de Venezuela ha obstaculizado abiertamente la tramitación de estos procesos llevándolo a la desfiguración como órgano que imparte justicia”.

El jurista coloca en su análisis el ejemplo del tribunal híbrido que se instauró en Sierra Leona,  sin hacer la similitud con el TSJ en el exilio y en lo que se podría constituir, y como esta corte trabajó de la mano de la Comisión de la Verdad y Reconciliación de ese país africano, en la cual se condenó al expresidente de Liberia Charles Taylor por crímenes contra la humanidad por su intervención en la guerra civil de Sierra Leona. Vale mencionar que este procedimiento fue avalado por Naciones Unidas y su misión (UNAMISIL) en este país.

La guerra civil y la discordia por el control de la extracción de diamantes cobró muchas víctimas

La carta de Naciones Unidas establece un nivel genérico de cooperación que puede extenderse, ya que no existe una prohibición expresa, al ámbito judicial y procesal. Es por ello que un debido proceso internacional encuentra su soporte en el principio de colaboración internacional, en tres niveles, asegura Tulio Álvarez:
El auxilio de los actos de mera instrucción, dentro de los cuales incluye el auxilio probatorio y la solicitud de información del extranjero.Prácticas de medidas cautelares.Reconocimiento y ejecución de las sentencias en el extranjero.

Para la magistrada emérita Blanca Rosa Mármol de León, el TSJ en el exilio es una circunstancia “insólita e inédita” por lo que está ocurriendo en el país. “Es tan grave la situación que nosotros tenemos, que por el simple hecho de haber sido designados constitucionalmente, los magistrados están en el exilio; debemos recordar, que tenemos un tribunal supremo en el exilio porque, por el sólo hecho de la designación fueron perseguidos por el régimen al punto de que el magistrado que no se fue, lo detuvieron y torturaron y todavía esta enjuiciado, situación similar a la que vive la Fiscal General fuera de Venezuela”.

En opinión de Mármol de León, sí son legítimas las decisiones que emanen del tribunal extraterritorial, “que es reconocido internacionalmente”, al menos por la OEA. Agregó además, que se une otra situación y es que los magistrados que siguen en el TSJ en Venezuela, están usurpando el puesto de quienes fueron designados por la Asamblea Nacional.

Por otra parte, la profesora de la Universidad Metropolitana e invitada al Sarah Lawrence College de Nueva York, Angelina Jaffé, no está de acuerdo con que se trate de comparar a los llamado tribunales híbridos con el accionar del TSJ en el exilio.

“Un tribunal híbrido como el implementado en Sierra Leona, tuvo la particularidad de que fue formado por tribunales nacionales con el apoyo técnico de Naciones Unidas, algo que no sucede con los magistrados que conforman el TSJ en el exilio, que no son reconocido por este organismo multilateral”, afirmó Jaffé.

Angelina Jaffé quien realizó una maestría y un doctorado en derecho en la Universidad de París, aseveró que la decisión que tomé el tribunal Washington no tendrán ningún valor, ya que “la oposición” quien cuenta con el poder legislativo, “no hace valer sus decisiones, por ende lo que decida el tribunal no tendrá valor hasta que finalice el actual régimen” que gobierna Venezuela.

“Sí logran juzgar a Nicolás Maduro después lo van a poder sacar del poder, no. No se pueden levantar falsas expectativas”, afirmó.


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