La imposibilidad de la consecución de la justicia en
Venezuela, debido a la falta de independencia de los poderes, confiscados a
todas luces por el poder central, ha hecho que los expertos en derecho
internacional y en el marco de la jurisdicción universal, expongan sus puntos
de vista acerca de la validez de las acciones y decisiones que resulten del
Tribunal Supremo de Justicia de Venezuela que se conformó fuera del país, a
raíz de la persecución de los magistrados designados por la Asamblea Nacional
en junio de 2017.
Quienes estudian este caso, califican como inédita la
creación de este tribunal “extraterritorial”, y aseguran que es consecuencia de
un “Estado forajido” de gran impacto internacional, violador de los más
elementales derechos humanos, unido a mafias transnacionales de tráfico de
sustancias ilícitas de gran poder económico y político, como señala en un
análisis reciente el profesor universitario Tulio Álvarez. Adicionalmente, con
el desmantelamiento de las instituciones del Estado, se está desencadenando en
una crisis humanitaria que está afectando mayormente a los países del
hemisferio occidental.
Todos estos tipos penales que según algunos expertos,
se están llevando a cabo en Venezuela, están tipificados en la legislación
internacional y considerados delitos que deben o pueden ser juzgados por la
justicia internacional.
El abogado Tulio Álvarez, Profesor de la
Universidad Central de Venezuela (UCV) y Universidad Católica Andrés Bello
(UCAB), coloca como ejemplos de la universalidad de la justicia los casos
juzgados en territorio español de Augusto Pinochet y Guatemala, por crímenes
regulados por el derecho internacional.
“Existe una competencia universal para perseguir
sujetos independientemente del lugar donde se cometieron los delitos,
nacionalidad activa o pasiva o de otros fundamentos reconocidos por el derecho
internacional. La primera fuente de esta competencia universal, son los
principio fundamentales del derecho internacional reconocidos por la comunidad
internacional, aun cuando pueda estar establecida en los tratados
multilaterales”, suscribe en su escrito.
La Directora de la Cruz Roja en
Gaza, Matilde de Riedmatten, indicó en 2006 que “la jurisdicción universal
otorga a los tribunales nacionales de cualquier país la competencia para
sancionar crímenes internacionales, como por ejemplo, crímenes de lesa
humanidad, crímenes de guerra y genocidio, independientemente del territorio
donde haya cometido el hecho y la nacionalidad del perpetrador o la víctima”.
Por su parte, la doctora venezolana Angelina
Jaffé, asegura que la jurisdicción universal se remonta al juicio de Adolf
Eichman en Jerusalén, 1961. “Eichman fue detenido en Argentina y fue trasladado
a Israel para que enfrentara la justicia”, suscribió.
Hay que hacer una diferencia entre jurisdicción
universal y jurisdicción internacional, que ejercen los tribunales penales
internacionales, ya que esta última, se trata del ejercicio de la jurisdicción
penal por parte de instancias de carácter internacional a través de la firma de
convenios o acuerdos.
Para Tulio Álvarez, los crímenes cometidos en Venezuela
son de tal gravedad que, teóricamente, cualquier ciudadano podría denunciar la
comisión de delitos previstos en la ley y los convenios internacionales, y
constituirse en parte acusadora. Sin embargó, manifiesta que “el tribunal
supremo de Venezuela ha obstaculizado abiertamente la tramitación de estos
procesos llevándolo a la desfiguración como órgano que imparte justicia”.
El jurista coloca en su análisis el ejemplo del
tribunal híbrido que se instauró en Sierra Leona, sin hacer la similitud
con el TSJ en el exilio y en lo que se podría constituir, y como esta corte
trabajó de la mano de la Comisión de la Verdad y Reconciliación de ese país
africano, en la cual se condenó al expresidente de Liberia Charles Taylor por
crímenes contra la humanidad por su intervención en la guerra civil de Sierra
Leona. Vale mencionar que este procedimiento fue avalado por Naciones Unidas y
su misión (UNAMISIL) en este país.
La guerra civil y la discordia por el control de la
extracción de diamantes cobró muchas víctimas
La carta de Naciones Unidas establece un nivel genérico
de cooperación que puede extenderse, ya que no existe una prohibición expresa,
al ámbito judicial y procesal. Es por ello que un debido proceso internacional
encuentra su soporte en el principio de colaboración internacional, en tres niveles,
asegura Tulio Álvarez:
El auxilio de los actos de mera instrucción, dentro de
los cuales incluye el auxilio probatorio y la solicitud de información del
extranjero.Prácticas de medidas cautelares.Reconocimiento y ejecución de las
sentencias en el extranjero.
Para la magistrada emérita Blanca Rosa Mármol de
León, el TSJ en el exilio es una circunstancia “insólita e inédita” por lo que
está ocurriendo en el país. “Es tan grave la situación que nosotros tenemos,
que por el simple hecho de haber sido designados constitucionalmente, los
magistrados están en el exilio; debemos recordar, que tenemos un tribunal
supremo en el exilio porque, por el sólo hecho de la designación fueron
perseguidos por el régimen al punto de que el magistrado que no se fue, lo detuvieron
y torturaron y todavía esta enjuiciado, situación similar a la que vive la
Fiscal General fuera de Venezuela”.
En opinión de Mármol de León, sí son legítimas las
decisiones que emanen del tribunal extraterritorial, “que es reconocido
internacionalmente”, al menos por la OEA. Agregó además, que se une otra
situación y es que los magistrados que siguen en el TSJ en Venezuela, están
usurpando el puesto de quienes fueron designados por la Asamblea Nacional.
Por otra parte, la profesora de la Universidad
Metropolitana e invitada al Sarah Lawrence College de Nueva York, Angelina
Jaffé, no está de acuerdo con que se trate de comparar a los llamado tribunales
híbridos con el accionar del TSJ en el exilio.
“Un tribunal híbrido como el implementado en Sierra Leona,
tuvo la particularidad de que fue formado por tribunales nacionales con el
apoyo técnico de Naciones Unidas, algo que no sucede con los magistrados que
conforman el TSJ en el exilio, que no son reconocido por este organismo
multilateral”, afirmó Jaffé.
Angelina Jaffé quien realizó una maestría y un
doctorado en derecho en la Universidad de París, aseveró que la decisión que
tomé el tribunal Washington no tendrán ningún valor, ya que “la oposición”
quien cuenta con el poder legislativo, “no hace valer sus decisiones, por ende
lo que decida el tribunal no tendrá valor hasta que finalice el actual régimen”
que gobierna Venezuela.
“Sí logran juzgar a Nicolás Maduro después lo van a
poder sacar del poder, no. No se pueden levantar falsas expectativas”, afirmó.
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