martes, 5 de abril de 2022

Impuesto a la miseria- Por: Germán Rodríguez Bustamante...





De acuerdo a la Constitución, en Venezuela el sistema tributario procurará la justa distribución de las cargas publicas según la capacidad económica del la contribuyente, ateniendo el principio de progresividad, así como la protección de la economia nacional y la evaluación del nivel de vida de la población.

Para ello se sustentará en un sistema eficiente para la recaudación de los impuestos. Las reformas o modificaciones en el sistema tributario de un país, se justifican si es con la finalidad de racionalizar, armonizar y fijar incentivos fiscales que permitan el impulso del aparato productivo nacional. En esencia se busca, que con la medida se pueda contar con una base de contribuyentes formalizados y en crecimiento. Incrementando la recaudación como consecuencia de la mejora de la productiva. de los sectores.

Venezuela está sumergida en la crisis más profunda de su historia contemporánea. derivado de un manejo irresponsable de la economia nacional, agravada aún más por el efecto de la pandemia. Es incomprensible que en estos años de bonanza de precios petroleros y endeudamiento masivos, la Nación muestre uno pobres indicadores de desarrollo en infraestructura industrial, agricola, salud, seguridad, educación y en general. Ante la caida de los ingresos el régimen busca meter la mano en los bolsillos de los ciudadanos, quienes ya pagan el más nocivo de los impuestos la hiperinflación y el más perverso de los impuestos ocultos la corrupción. En el marco de la pandemia deberia buscarse paliativos fiscales a las personas naturales e incentivos al sector empresarial.

El impuesto a las grandes transacciones financieras (IGTF), es injusto ya que grava a las operaciones independientemente del monto. Es absolutamente inadecuado en momentos de contracción económica y severas restricciones monetarias. No grava la renta, el consumo o el patrimonio, recae sobre la utilización del sistema financiero y de pagos, no vinculados con la capacidad contributiva real del financiero y de pagos, no vinculados con la capacidad contributiva real del ciudadano. El instrumento deja muchas lagunas, es una nueva improvisación que pretende echarle manos al menudeo de pagos, realizados en divisas. 

La dolarización consentida de la economía tiene una nula tributación y derivado de la negligencia economica la actividad está totalmente informalizada. Pretender gravar las operaciones en este contexto, es profundizar la precaria actividad. económica. Es una fantasía que el instrumento busca la prevalencia del Bolivar sobre el Dólar, en la realidad esta medida profundizará la utilización de la divisa en el menudeo y los agentes económicos buscarán la actividad informal, para perfeccionar los intercambios, haciendo inútil al sistema financiero. Establecen exigencias tecnológicas en una Nación primitiva, los costos asociados por la de máquinas fiscales y dispositivos, son una barrera para la formalidad de cualquier actividad económica, en cualquier segmento.

Nadie puede estar en desacuerdo con la instrumentación de politicas para disminuir la evasión fiscal y la instrumentación de incentivos para evitarla, sin embargo, esto no puede afectar el principio de capacidad contributiva a las cargas públicas y del cumplimiento de los deberes de solidandad social. El régimen no puede utilizar su poder discriminatono e irracional para que lesione la equidad y progresividad de los tributos.

Un Estado con finanzas públicas sanas, administración eficiente, población con niveles de vida aceptables y una economia con desempeño atractivo, posiblemente no necesite de todos los ingresos derivados de los tributos y en consecuencia pueda disminuir la carga impositiva a sus ciudadanos. En este momento el régimen tiene la necesidad apremiante de buscar aumentar sus ingresos, echándole mano a los bolsillos de los contribuyentes, obviando el momento el régimen tiene la necesidad apremiante de buscar aumentar sus ingresos, echándole mano a los bolsillos de los contribuyentes, obviando el principio fundamental de todo sistema tributario que es la capacidad económica to contributiva de los ciudadanos, para que el mismo sea justo El exiguo crecimiento del 2.021 seguramente será afectado por la implementación del IGTF una de las palancas fue la flexibilización de las transacciones en dólares. La implementación del tributo restringe la flexibilización, afectando el flujo de caja de las empresas y por ende las inversiones.

La miseria se mantiene en el pais, Venezuela ocupa la segunda posición, después de Cuba, entre los países con la economia más miserable del mundo, de acuerdo at Indice Anual de Miseria Hanke 2.021. El Ranking Global de Libertad Económica mostro que Venezuela tiene un puntaje de 24.8 lo que convierte a su economia en la 176 más libre en el indice 2.022 Ocupa el puesto 32 entre 32 paises de la región de las Américas, y su puntaje general está muy por debajo de los promedios regionales y mundiales. El crecimiento económico de Venezuela habia sido profundamente negativo durante la mayor parte de los últimos cinco años hasta un ligero repunte en 2.021. Con disminuciones en los puntajes de salud fiscal, libertad monetaria y estado de derecho.

Con estos indicadores el régimen intenta colocar tributos a la miseria, es decir la condición de miserable de los ciudadanos originados por politicas erradas y nefastas de una cúpula, debe ser castigada con tributos injustos. Una población en pobreza extrema debe financiar las comodidades de unos pocos. Venezuela debe comenzar lo antes posible el largo retorno a la democracia de mercado, poner fin a la hiperinflación, reestructurar la deuda pública y reconstruir las instituciones para restaurar la confianza en el estado de derecho, promover la inversión y contributos ajustados a la Constitución.

 05 de Abril del 2022

Comunicacion Continua

https://comunicacioncontinua.com/impuesto-a-la-miseria/

gguillermob@yahoo.com

@germanrodri

@germanoveja

 

 

 

No hay comentarios:

Publicar un comentario