domingo, 25 de abril de 2021

Así respondió El Nacional a la sentencia del TSJ que ordena indemnizar a Cabello por “daño moral

 





El diario El Nacional publicó un texto titulado “El Nacional a la opinión pública” como respuesta a la sentencia del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) que le ordenó pagar más de trece millones de dólares al diputado Diosdado Cabello como indemnización por “daño moral”.


A continuación, el texto íntegro:


1. El Nacional y su presidente editor Miguel Henrique Otero rechazamos la persecución política y judicial en contra de los accionistas, directivos y trabajadores por parte Diosdado Cabello, que amparándose ilegítimamente en un caso de daños morales pretende aplicar una especie de derecho del enemigo en contra de los medios de comunicación, y en este caso con la aviesa intención de perpetrar una expropiación encubierta mediante la cual pasaría a ser propietario y editor de este histórico medio de comunicación”.

No pudieron comprar nuestra empresa utilizando fondos públicos, no pudieron someternos mediante amenazas, atropellos y demandas de toda índole. No pudieron doblegar nuestra línea editorial.

2. El Nacional es un medio de comunicación con una inveterada y reconocida trayectoria dentro y fuera de Venezuela. Jamás en su línea editorial ha tenido como propósito difamar a ninguna persona. Lo que sí ha hecho y seguirá haciendo es difundir informaciones y opiniones, incluso hasta de quienes hemos sido víctimas como es el caso de Diosdado Cabello, al que en reiteradas ocasiones se le ofreció un derecho de réplica del cual no quiso hacer uso. Era evidente que lo que se pretendía desde un principio era terminar asaltando el medio que no pudieron controlar.


3. Este caso que involucra a Diosdado Cabello comenzó en el 2015 con la información divulgada en el reconocido diario ABC de España. Se trata de una empresa española que no tiene ninguna relación con El Nacional, medio venezolano que se limitó a reproducir una noticia conforme a la doctrina del reporte fiel que implícitamente está prevista en el artículo 57 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y es compatible con la doctrina y jurisprudencia internacional en materia de libertad de expresión.

4. En todas las instancias judiciales dirigidas por Diosdado Cabello, tanto penales como civiles, no hemos sido escuchados, nuestros argumentos sobre los hechos y el derecho no han sido valorados por los jueces, lo cual pone en evidencia la falta de independencia, autonomía e imparcialidad del Poder Judicial. Hemos sido condenados desde el principio, en violación al debido proceso, por el simple hecho de “reproducir una información divulgada por Leamsy Salazar (escolta de Diosdado Cabello), en el diario español ABC y el diario norteamericano The Wall Street Journal. Información posteriormente reproducida por más de 80 medios y las principales agencias internacionales.

5. Hoy, sin motivación alguna, sin pruebas y sólo por arte de magia los magistrados del TSJ han indexado el monto de la demanda por daño moral incoada y encaminada por Diosdado Cabello de aproximadamente 13,3 millones de dólares. Decimos por arte de magia porque argumentos jurídicos no hay. Se trata de una jurisprudencia nueva que pasa a ser un exabrupto jurídico nunca antes aplicada y hecha a medida del régimen para atacar al diario El Nacional. Por lo tanto no es posible deducir cómo los jueces concluyeron semejante monto a pagar.

6. La sentencia calcula la indexación sobre la base de 237.000 petros (el valor de un petro es 56,40 dólares), la suma total asciende a 13.366.800 dólares. Esta decisión abre una puerta incierta y peligrosa para una escalada de acciones judiciales que posiblemente en el futuro interpondrán acreedores de particulares y del Estado basándose en ese adefesio tribunalicio.


7. Para imponer este monto astronómico e inédito en casos de persecuciones en contra de los medios de comunicación resaltan las siguientes maniobras:

a) No analizaron los informes inflacionarios que deben ser emitidos por el BCV. Eso revela la opacidad de este organismo que hace años no los publica.

b) No hubo experticias que señalaran porcentualmente cómo y en cuanto se ha devaluado la moneda.

c) Infringe claramente el artículo 318 de la CRBV y 94 de la Ley del Banco Central que señalan que “la unidad monetaria de la República Bolivariana de Venezuela es el bolívar”, no así el petro, que no es una moneda de curso legal en Venezuela. Ni siquiera es una criptomoneda por no ser descentralizada. Sitios web como ICOindex han llegado a calificarla como una estafa.

Han sido más de siete décadas que hemos estado al lado de los venezolanos, con nuestros abnegados trabajadores, luchando para hacer resplandecer la verdad por encima de todo, denunciando hechos irregulares o celebrando acontecimientos positivos cuando los hemos tenido que hacer y reinventándonos para sobrevivir ahora en esas páginas que se transformaron en web, de la mano de nuestro gerente general y un equipo de periodistas, sorteando las inopinadas dificultades para confirmar que El Nacional somos todos.


25 de Marzo del 2021 

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