miércoles, 14 de junio de 2017

Dos meses de protesta, represión y violaciones de los DDHH - Espacio Público

 
Entre el 28 y 29 de marzo, el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) de Venezuela emitió sendas sentencias en las que anuló decisiones del parlamento, comprometió la inmunidad de sus miembros, y trasladó parte de las funciones legislativas al poder Judicial.
El 31 de marzo la Fiscal General del país, Luisa Ortega Díaz, en el contexto de la presentación de la Memoria y Cuenta del Ministerio Público correspondiente al año 2016, afirmó que las decisiones emanadas del poder judicial constituían una ruptura del hilo constitucional1. Estas declaraciones fueron valoradas por el gobierno de Nicolás Maduro como un “impasse” entre la Fiscalía y el Tribunal.


En medio de una grave crisis económica que disminuye la calidad de vida de los venezolanos en sus necesidades básicas (alimentación, refugio y educación), agravada por el recrudecimiento de una crisis política, el gobierno también cerró las vías institucionales al negar procesos electorales obligatorios por ley y demandados por amplios sectores del país.
Frente a la situación, la oposición organizada en la Mesa de la Unidad Democrática (MUD), tiene más de 60 días convocando a distintas manifestaciones pacíficas en la calle, con una agenda orientada a cuatro objetivos: elecciones generales, restitución de la institucionalidad democrática, apertura del canal humanitario y liberación de los presos políticos.
La respuesta del gobierno venezolano ha sido la criminalización y represión de la protesta pacífica, activación del Plan Zamora, extensión del decreto de Estado de Excepción y convocatoria a una Asamblea Nacional Constituyente de forma inconsulta y con bases comiciales no representativas.
La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), ha emitido desde el 31 de marzo cinco comunicados, alertando al gobierno venezolano sobre situaciones contrarias a los estándares internacionales en materia de protesta social y libertad de expresión enfatizando que “cuando una manifestación o protesta conduce a situaciones de violencia debe entenderse que el Estado no fue capaz de garantizar su ejercicio”.
Durante los dos meses de protesta, han sido asesinados más de 60 venezolanos, más de 1000 han resultado heridos por actuaciones de la fuerza pública y de grupos paramilitares; al menos 300 trabajadores de la prensa han visto afectado su derecho a la libertad de expresión, han eliminado 2 canales internacionales de la transmisión por televisión por suscripción y 15 medios han sido cerrados.

Marco legal ilegítimo

El 18 de abril el presidente Maduro activó el Plan Zamora, un plan operativo especial diseñado para el mantenimiento y control de orden público interno del que sólo se conocen los detalles ofrecidos por funcionarios militares en sus declaraciones, entre ellos, la referencia a un plan “cívico-militar” destinado a mantener el orden interno mediante la acción militar de la Guardia Nacional, y el uso de la justicia militar como medida para procesar a personas detenidas en manifestaciones 2.

El 2 de mayo se instalaron tribunales militares en el estado Carabobo (a dos horas de Caracas), para procesar a los detenidos durante la protestas en la entidad. Al menos 40 civiles fueron acusados de instigación a la rebelión y delitos de ataque al centinela 3, situación que se repitió con manifestantes detenidos en los estados Falcón, Lara y Zulia.
Estos procedimientos contrarían el principio del debido proceso establecido en el artículo 49 de la Constitución Nacional, el principio del juez natural establecido en el artículo 7 del Código Orgánico Procesal Penal y el artículo 261 de la Constitución Nacional que establece que delitos ordinarios serán conocidos por la jurisdicción ordinaria. La justicia militar sólo puede juzgar delitos de naturaleza militar, los civiles por su misma condición de civiles, no pueden cometer delitos de naturaleza militar y deben ser juzgados por su juez natural.
Aunado a esto, el 13 de mayo el presidente Maduro decretó un estado de emergencia económica, que se sumó a un estado de excepción vigente desde enero de ese mismo año. El decreto de estado de excepción otorga facultades amplias al Presidente de la República que fungen como una especie de “cheque en blanco”, ya que no se establece cuáles son los derechos limitados y se le otorgan amplias potestades presupuestarias. Se ha prorrogado por más de un año, a pesar de que la Constitución Nacional establece una extensión de 60 días 4.


Criminalización de la protesta

Aunque la ley ampara a todo el que quiera manifestar pacíficamente, líderes del oficialismo y funcionarios han declarado públicamente utilizando adjetivos que descalifican la protesta. Estos comentarios buscan justificar la represión y la violencia en contra de los manifestantes: al generar una opinión negativa ante quienes protestan, se crea un argumento (inválido) para utilizar la fuerza pública.
El Presidente califica constantemente al sector opositor como “violento”, “fascista”, e incluso aseguró que los manifestantes son responsables de “Atacar un hospital, quemar bibliotecas, atacar ambulatorios, y pare usted de contar qué no han hecho, asesinar a su propia gente, etcétera”5, declaraciones que hace sin exponer las pruebas y sin una investigación formal de lo sucedido.

En otra ocasión, Maduro se refirió a las protestas en el sector popular de La Vega: “Hubo la activación en la madrugada, hoy, de grupos terroristas, así serán tratados, han capturado a los grupos terroristas, generaron violencia en la parroquia La Vega, capturados, identificados y tras la búsqueda del resto de la banda criminal contratada por la oposición”6.
El 17 de mayo se realizó una vigilia con antorchas en honor a los asesinados en las protestas, Maduro se refirió a la manifestación como “(…) una locura. Están convocando a algo que es símbolo en Europa, en el mundo, del surgimiento del nazismo en Alemania, del fachismo musolinieano, en Italia, del franquismo en España, en general, del pinochetismo, convocando a una marcha de las antorchas. Con todo el signo fascista y los símbolos fascistas”7.

Ante hechos de violencia desatados después de la represión de la manifestación pacífica, Maduro aseguró que los líderes de la oposición “Convocan a su gente y la mandan asesinar ellos mismos, convocan a su gente y hasta las incendian, les ponen fuego en el cuerpo, colocan francotiradores, queman escuelas, centros de salud, persiguen a quien no sea parecidos a ellos”8.

Falta comida y medicinas, sobran las bombas lacrimógenas

La represión por parte de funcionarios de la Policía Nacional Bolivariana (PNB) y de la Guardia Nacional Bolivariana (GNB) ha ido en aumento: uso indiscriminado de gases lacrimógenos, incluso vencidos, hasta el uso de armas de fuego y la manipulación de municiones con incorporación de metras (esferas de vidrio), tuercas y balines.
A diferencia de otras jornadas represivas, además de la asfixia por inhalación de gases o heridas por impacto de perdigón, en los últimos dos meses las lesiones por traumatismo han tenido un incremento importante ante el lanzamiento directo al cuerpo de bombas lacrimógenas.
El lanzamiento directo al cuerpo de municiones revela no solo la actuación delictiva de fuerza pública, civil y militar, al contravenir el debido uso, sino expone la voluntad de hacer el mayor daño posible a los manifestantes. No se aplican los criterios del uso proporcional de la fuerza, los cuerpos de seguridad arremeten sin previa mediación tras impedir el avance de las movilizaciones.
Juan Pablo Pernalete, quien se encontraba manifestando en la zona de Altamira el día 26 de abril falleció tras el impacto de una bomba lacrimógena en el pecho. En su declaración sobre el caso, la Fiscal General de la República, leyó una de las advertencias escritas en el lateral de una bomba lacrimógena: “Disparar directamente puede causar la muerte”.
Se ha registrado el uso de metras, esferas de plomo, tuercas o rolineras en los cartuchos de las escopetas de perdigones, el implemento de estos objetos en las cargas puede resultar letal además de incumplir con los estándares nacionales e internacionales de dispersión de manifestaciones públicas. Es el caso del asesinato del activista de Voluntad Popular, César Pereira9, ocurrido el 28 de mayo en el oriente del país, por el impacto de una metra en la zona abdominal.

Represión en los hogares


La represión no se limita a la dispersión de manifestantes, sino que se extiende al ataque a residencias en horas de la noche y madrugada, sobre todo en zonas del centro y oeste de la ciudad (municipio Libertador), donde se prohíbe — bajo la figura de la negación de un permiso illegal — la protesta de sectores opositores. Tal es el caso de los hechos registrados en Colinas de Bello Monte, Montalbán, El Paraíso, La Vega y sectores del interior del país donde la fuerza pública ha allanado ilegalmente residencias y disparado contra edificios.
Además miembros de las fuerzas de seguridad han robado las pertenencias de los manifestantes, hechos más frecuentes a finales de mayo. La GNB despojó de sus teléfonos celulares a ciudadanos, hay reportes de robos y destrucción de motos, cámaras, equipos de protección y hasta el robo de helados a un vendedor en Las Mercedes, Caracas.
El artículo 68 de la Constitución prohíbe el uso de armas químicas y armas de fuego en el control de manifestaciones pacíficas; sin embargo, hay casos concretos en los cuales se ha grabado a funcionarios policiales accionando armas de fuego contra manifestantes10.

Se han mostrado a través de las redes sociales fotos que evidencian la presencia de francotiradores con uniformes públicos o desde instalaciones del Estado en zonas de protestas de oposición, videos que muestran incursión armada en recintos universitarios (UPEL, UCAB, UDO, ULA), intervención de civiles armados protegidos por la GNB y personas que disparan armas de fuego contra manifestantes de oposición.

La legislación venezolana establece que solo las manifestaciones violentas deben ser dispersadas. La manifestación pacífica, por naturaleza, es legítima. Además existe una presunción favorable en cuanto a las manifestaciones pacíficas.

Las calles y las redes gritan lo que silencian los medios

La prensa es la que permite que sea visible lo que sucede en las manifestaciones, la presencia de los medios de comunicación ha permitido captar imágenes de la represión estatal y acciones ilegales como miembros de la GNB disparando directamente a manifestantes. La violencia contra los periodistas responde a la necesidad de invisibilizar estas realidades y limitar el contenido que circula.
Los cuerpos de seguridad han dirigido bombas lacrimógenas, perdigones y descargas de agua a presión de la “ballena” hacia los lugares donde se encuentran grupos de periodistas. Al menos 20 profesionales de la comunicación han sufrido lesiones por impacto directo de bombas lacrimógenas en los últimos dos meses durante la cobertura de manifestaciones.
Es frecuente el hurto de teléfonos celulares, cámaras, e insumos necesarios para el registro de los hechos; así como el robo de equipos de protección como máscaras antigases, cascos y chalecos antibalas. En al menos 24 ocasiones, trabajadores de los medios han sido despojados de sus pertenencias y equipo de trabajo tanto por cuerpos de seguridad como por civiles armados. En numerosos casos de retenciones también se exige eliminar de las memorias digitales el material registrado como condición para ser liberados.

Censura en medios nacionales sobre las marchas de oposición


Después de dos meses de protestas, es poco común que los canales de televisión nacional transmitan imágenes en vivo sobre las manifestaciones de oposición, a pesar de ser un hecho relevante para la población, y que se está generando a nivel nacional.
Los canales nacionales están bajo la mira: Andrés Méndez, director de la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (Conatel), aseguró a VTV que “Estamos evaluando siempre el comportamiento de (Globovisión) y de algunos de sus anclas. A veces sostenemos conversaciones afables con su Presidente”11.

Dos canales internacionales (El Tiempo TV y Todo Noticias), fueron eliminados de la televisión por suscripción venezolana el 19 de abril12, por darle cobertura a las protestas de oposición, eliminando opciones para que los venezolanos accedan a la información. Ronald Rodríguez, presidente del gremio que agrupa a las cableoperadoras afirmó: “Constantemente estamos siendo monitoreados por ley”13.
Estas acciones de presión pretenden disuadir a los medios nacionales para que no transmitan información completa sobre las manifestaciones de oposición, sobre la represión por cuerpos del Estado y contenidos que evidencian la violación de los derechos fundamentales de los ciudadanos.
En consecuencia, la vía de información cotidiana de los venezolanos son las redes sociales y aplicaciones de mensajería instantánea, donde el exceso de datos y la ausencia de esquemas de verificación puede degenerar en desinformación, alimentar rumores y tergiversar los hechos. Fotos, videos y textos son transmitidos sin la verificación profesional de un periodista, lo que facilita la circulación de noticias falsas.
Sin embargo, estos mecanismos de verificación también han sido viralizados a fin de combatir este flagelo y que la ciudadanía pueda generar dinámicas más responsables en el manejo de la información que circula a través de vías no convencionales.

Carencia de información en medios públicos y tradicionales


La omisión de esta información es grave en los medios del Estado, ya que éstos se deben a la sociedad en pleno, son financiados con dinero público y tienen la obligación de atender a todos los sectores sociales y políticos del país. Sin embargo, son ampliamente transmitidas las alocuciones de líderes del oficialismo, sus movilizaciones de calle y opiniones mientras se censura la voz crítica de la oposición y sus líderes.
Canales del Estado han dejado de transmitir las alocuciones en vivo de la Fiscal General de la República, Luisa Ortega Díaz, después de que ésta rechazara en una rueda de prensa las sentencias 155 y 156 de la Sala Constitucional del TSJ, señalando que “evidencian varias violaciones del orden constitucional y desconocimiento del modelo de Estado consagrado en nuestra Constitución”14.

El esquema de los medios públicos no se detiene en la política de omisión de la noticia, sino que también miente abiertamente sobre lo que acontece en el país. El ejemplo más claro es el caso del asesinato de Juan Pablo Pernalete el 26 de abril, en torno al cual altos funcionarios del Estado, como los ministros de Comunicación e Interior, adelantaron hipótesis que culpaban a grupos de opositores violentos por la muerte del joven.
Inclusive, el ministro de información y comunicación, Ernesto Villegas, rindió declaraciones sosteniendo un presunto informe forense en el cual corroboraba la supuesta versión oficial. Luego, el 24 de mayo, la Fiscal General de la República afirmó en rueda de prensa que, tras investigaciones y experticias del Ministerio Público, determinaron que Pernalete fue asesinado por el impacto de una bomba lacrimógena disparada al pecho por un GNB, y que se estaba a la espera de identificar al responsable. Posteriormente, el Ministerio Público desmintió esta versión.

Menos derechos si te opones al gobierno


El patrón de restricciones ha sido que los manifestantes de oposición no pueden entrar en el Municipio Libertador, en Caracas: son reprimidos y dispersados en la Autopista Francisco Fajardo, en la Av. Libertador, Cota Mil y otros accesos a vías que permitirían a las personas llegar a las sedes de los poderes públicos, ubicados en su mayoría en el Municipio Libertador.
Sin embargo, los manifestantes oficialistas son convocados en las cercanías de los principales poderes públicos sin limitación alguna: se instalan tarimas, se cierran calles y se estimula la participación a través de parlantes en los edificios institucionales.
La situación se repite con el uso del Metro de Caracas, que cierra múltiples estaciones cuando la MUD o sectores estudiantiles de oposición convocan a protestar en la ciudad de Caracas. Al respecto, Espacio Público introdujo una demanda por derechos colectivos y difusos por la violación del derecho a la manifestación pacífica, libre tránsito y el de no discriminación en contra del Ministro de Transporte, Ricardo Molina y el Presidente del Metro, Gerardo Quintero.
El principal foco de la demanda es la afectación de los derechos fundamentales anteriormente señalados, que se ve materializada a través del cierre intencional de estaciones del Metro de Caracas que forman parte de puntos de concentración de manifestaciones convocadas por la oposición, esta demanda fue inadmitida por la Sala Constitucional del TSJ bajo el argumento que la acción introducida no era la adecuada.

El tratamiento discrecional a un grupo constituye una violación del derecho, dando prioridad a un grupo de ciudadanos frente a otros, diferenciados por su tendencia política. Además reitera la discriminación como una política de Estado de hecho, según la cual los bienes públicos son otorgados de acuerdo a la filiación partidista, percibidos y manejados como prebendas, no como derechos universales.
Como resultado, tras dos meses de protesta, insistimos en la importancia de la documentación rigurosa y sistemática por parte de ciudadanos y trabajadores de los medios como única posibilidad de garantizar justicia, así como la difusión de hechos verificados, necesaria para exponer la situación, combatir la censura y subir el costo a los responsables.
Reiteramos que las violaciones a derechos fundamentales no prescriben, desde Espacio Público seguiremos trabajando para estos hechos sean registrados y podamos exigir justicia frente a instancias nacionales e internacionales.
Referencias
1.
Panorama, 31 de marzo de 2017, Fiscal General: Sentencias del TSJ evidencian violaciones del orden constitucional. Recuperado el 05/06/2017 en https://goo.gl/q5jx7c 
2.
Provea, 7 de mayo de 2017, “Plan Zamora” escala uso de justicia militar contra civiles. Recuperado el Recuperado el 02/06/2017 en https://goo.gl/e8PRHJ 
3.
El Mundo, 08 de mayo de 2017, El chavismo juzga a civiles en tribunales militares para sofocar las protestas. Recuperado el 02/06/2017 en https://goo.gl/6bQDyt 
4.
Gaceta Oficial Extraordinaria N° 6.298 de fecha 13 de mayo de 2017, fue publicado el Decreto N° 2.849 de la Presidencia de la República. Decreto Estado de Excepción. vigencia de sesenta (60) días, contados a partir del 13 de mayo de 2017, prorrogables por sesenta (60) días más.
5.
Debate, 07 de mayo de 2017, Maduro culpa a la oposición por las muertes en Venezuela. Recuperado el 02/06/2017 en https://goo.gl/3IfkKo 
6.
Televisa News, 12 de abril de 2017, Maduro culpa a la oposición tras ser atacado con huevos y piedras en Venezuela. Recuperado el 02/06/2017 en https://goo.gl/IwXJxv 
7.
El Estímulo, 16 de mayo de 2017, Maduro: Somos los nuevos Judíos del mundo solo por ser chavistas. Recuperado el 02/06/2017 en https://goo.gl/DQPkTe
8.
El Nacional, 23 de mayo de 2017, Cabello acusó a oposición de pagar a agentes para generar violencia. Recuperado el 02/06/2017 en https://goo.gl/24b1yp 
9.
Más información en https://goo.gl/rF5Tbu 
10.
La Verdad, 21 de abril de 2017, PR usa armas de fuego en manifestaciones en Maracaibo. Recuperado el 02/06/2017 en https://goo.gl/GxLACg 
11, 13.
Runrun.es, 26 de mayo de 2017, Reuters: Conatel no permite que Globovisión transmita más de un minuto de imágenes de protestas. Recuperado el 02/06/2017 en https://goo.gl/ceQyYN 
12.
Espacio Público, 3 de mayo de 2017, Informe enero-abril 2017: Situación del derecho a la libertad de expresión en Venezuela. Recuperado el 02/06/2017 en https://goo.gl/K2clBU 
14.
Panorama, 31 de marzo de 2017, Fiscal General: Sentencias del TSJ evidencian violaciones del orden constitucional. Recuperado el 05/06/2017 en https://goo.gl/q5jx7c 

6 Junio, 2017

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