El Grupo Miradas Múltiples, al igual que la Universidad,
es pluralista, democrático y autonomista, lo cual lo convierte en un
movimiento de opinión universitaria serio, creíble, ejemplar, responsable y
comprometido no solo por la profundidad de sus opiniones y aportes al debate
universitario, sino por la trayectoria académica y el valor de las acciones que
definen a sus integrantes.
Antecedente
El 15 de diciembre de 1999, el pueblo venezolano en
referendo nacional aprobó la Constitución de la República Bolivariana de
Venezuela -CRBV en cuyo artículo 109 consagró “la autonomía universitaria
como principio y jerarquía que permite a profesores, profesoras,
estudiantes, egresados y egresadas de su comunidad dedicarse a la búsqueda del
conocimiento a través de la investigación científica, humanística y tecnológica
para beneficio espiritual y material de la Nación. Las universidades autónomas
se darán sus normas de gobierno…….
La modificación del texto de este artículo fue
luego sometida a referendo junto con otros en la reforma de
la CRBV del 2007, siendo negada por el pueblo soberano.
No obstante, el 11 de agosto de 2009, la Asamblea
Nacional aprobó la Ley Orgánica de Educación – LOE sólo con
la participación de los asambleístas del PSUV y del restante Polo
Patriótico por ausencia de los partidos de oposición al no
concurrir a las elecciones parlamentarias de 2007.
Esta Ley Orgánica de Educación en el numeral 3 del
artículo 34 crea una diferencia en la composición de la comunidad universitaria
al agregar el personal administrativo y personal obrero a la
comunidad universitaria.
Esto indujo a la rectora de la UCV, y luego con la
adherencia de los rectores de la ULA, LUZ, UC. USB, UCLA, UNET, UNEXPO y UCAB a
solicitar ante el Tribunal Supremo de Justicia la nulidad de esta Ley. La Sala
Constitucional se declaró competente para este recurso de nulidad y le dio
curso el 12 de enero de 2010. De otro lado, un grupo de abogados
constitucionalistas en representación de la rectora de la UCV solicitó
levantar la medida cautelar de suspender las elecciones universitarias
hasta la resolución judicial de fondo sobre la LOE. De otro lado,
la Sala Constitucional decidió la permanencia en sus cargos de estas
autoridades universitarias hasta que se realizaran las elecciones que debieron
haberse llevado a cabo para el período 2008- 2012.
La situación actual
El 27 de agosto de 2019, después de nueve años de la
solicitud de nulidad de la LOE, la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de
Justicia, mediante sentencia No. 0324, fijó su posición, que no se le había
solicitado, en relación a las Elecciones Universitarias. De la lectura de
tal sentencia resaltan los siguientes aspectos fundamentales:
La igualdad de condiciones
para elegir las autoridades universitarias, consagrada en el artículo 34.3 de
la Ley Orgánica de Educación, se entiende aplicada a la relación entre cada
sector electoral constitutivo de la comunidad universitaria, a saber: a)
profesores y profesoras; b) estudiantes; c) egresados y egresadas; d) personal
administrativo y e) personal obrero.
En tal virtud, el Registro
Electoral Universitario de cada Universidad comprenderá cinco (5) registros.
El acto eleccionario se hará
en forma única para todos los cargos rectorales universitarios y en todos los
sectores electorales; y los votos de los sectores se sumarán o contarán -de forma
simultánea- por cada sector electoral, esto es: 1) votos de profesores y
profesoras, 2) votos de estudiantes, 3) votos de egresados y egresadas, 4)
votos de personal administrativo y 5) votos de personal obrero.
Se proclamará candidato
electo únicamente a quien haya resultado ganador en al menos tres (3) de los
cinco (5) sectores electorales y haya obtenido, a la vez, la mayoría absoluta
de votos (mitad más uno), sumados los votos de todos los sectores electorales.
Esta decisión de la Sala Constitucional del TSJ ha
generado en todos los sectores universitarios, una profusión de opiniones,
declaraciones y escritos muy diversos, sintetizados de la siguiente manera:
* Se argumenta que la sentencia del TSJ es
ilegítima, ya que ese Tribunal no tendría competencia sobre un asunto que no es
de su incumbencia, como son las elecciones universitarias, cuyas reglas y
formas están establecidas en la Ley de Universidades y constituyen parte
de la autonomía universitaria, consagrada además, en la Constitución de la
República Bolivariana de Venezuela- CRBV.
* De igual manera se argumenta que la forma de
establecer los denominados Sectores Electorales constituye una violación
reiterativa de la Ley de Universidades en cuanto a los electores, a saber:
profesores, estudiantes y egresados.
* En sentido contrario, algunas opiniones
consideran que los Rectores Autonomistas no quieren elecciones
universitarias ni autonomía, sino que en el fondo sólo persiguen proteger la
permanencia en los cargos y los privilegios personales en sus respectivas
Universidades, en las cuales actúan como los únicos voceros autorizados.
El país y la universidad
El país atraviesa un caos que reina en todos
los órdenes de la vida nacional, con una polarización radicalizada entre los
factores del poder político que no favorece el dialogo sano y el acuerdo
mínimo, ya que privan los intereses particulares por encima de los
intereses colectivos de la gran mayoría de la nación, que hoy vive una
situación calamitosa de minusvalía ciudadana, asfixia económica y sobrevivencia
jamás vista en los anales de la república.
La confrontación política a lo largo de los últimos
20 años ha desgastado al gobierno y la oposición por
igual, y como consecuencia, las instituciones y la dirigencia
de partidos políticos, iglesia, sindicatos, fuerzas armadas,
universidades, empresarios y medios de comunicación han perdido
credibilidad en la sociedad, y el país siente que no cuenta
con interlocutores creíbles, lo que se ha agravado por la magnitud
de las descalificaciones, que los excluye de un dialogo verosímil.
La universidad autónoma venezolana no ha escapado de la confrontación
política partidista que carcome al país, comprometiendo la institucionalidad
de este ente de alto nivel de la vida académica y espiritual de la
Nación, e históricamente integrante del Estado.
A la vez, reconocemos que la universidad no es una
entidad apolítica y ajena a los problemas y grandes temas del país. Al
contrario, ella se debe a “…la tarea de buscar la verdad y afianzar los valores
trascendentales del hombre” y “mediante su contribución doctrinaria en el
esclarecimiento de los problemas nacionales”, actividades que ha cumplido
tradicionalmente según los artículos 1 y 2 de la Ley de Universidades.
Desapareció la ponderación entre las
inclinaciones políticas partidistas de su dirigencia institucional y los
intereses políticos de la universidad, e hizo que se perdiera el
equilibrio, la mesura y la tolerancia que deben tener los directivos de la
academia y del gobierno universitario, conducta similar que se aprecia en
la actuación gubernamental.
De otro lado, la profundización progresiva de
la crisis ha paralizado la vida de las instituciones públicas y privadas, la
industria, el comercio, el transporte, los servicios públicos y otros, lo cual
obliga a pensar y actuar diferente. Implica asumir un esfuerzo
titánico para limar sus diferencias y colocar la superación de la crisis como
el objetivo principal que inicie una nueva etapa de la vida nacional y abra
nuevos horizontes en medio de las dificultades, y la puesta en escena de
programas que corrijan progresivamente las distorsiones que hoy impregnan una
cotidianidad en la vida nacional marcada por la desilusión y el deterioro de
las instituciones
Una negociación verdadera entre la universidad y el
gobierno debe avanzar en la medida en que las partes acepten perder y
ganar, sin la imposición de una visión o el desconocimiento
de las corresponsabilidades porque no ayudarán a avanzar. La
política es la guerra por otros medios, y será el mal menor frente a la
confrontación bélica entre las partes.
Jugar a la política es hacerlo con un mínimo de
credibilidad entre los dialogantes, con reglas acordadas para ser cumplidas y
con árbitros idóneos y moralmente blindados para impedir el
favorecimiento injusto hacia una de las partes, y para
tratar de probar el espíritu democrático de los actores.
Hay una contradicción que dificulta el transitar de la
ruta jurídica de la universidad. La legalidad que hoy disfruta el
gobierno institucional y sus instancias de cogobierno se las brindó el TSJ al
prorrogar su mandato hasta la realización de las elecciones, que
ahora han sido convocadas por la misma Sala Constitucional de T.S.J
el pasado 7 de agosto, para llevarse a cabo en un lapso de seis meses sin
prórroga, y bajo la veeduría de una comisión electoral nacional
nombrada para garantizar su cumplimiento, decisión que no es aceptada por el mismo
gobierno institucional presidido por los mismos rectores, con argumentos
suficientemente conocidos. No obstante esta decisión, las elecciones
deben ser programadas y llevadas a cabo por la universidad con sus
propios reglamentos, criterios e intereses, no únicamente orientadas por la
sentencia de la Sala Constitucional, lo que evitaría que la universidad
entre en el caos y la crisis por neurosis del país con dos
institucionalidades públicas ejecutivas, parlamentarias, judiciales y
fiscales que se acusan mutuamente de usurpación y desacato.
Es importante destacar el valor cualitativo que tiene la
búsqueda de acuerdos políticos, cualquiera que sea su dimensión y magnitud. El
hombre es un animal político -más allá que lo haya dicho Aristóteles, lo deje
ver Hobbes o lo afirme Hegel- que ha evolucionado en el orden de una humanidad
desarrollada históricamente en el marco de la cooperación y la solidaridad y,
por tanto, capaz de buscar soluciones y resolver problemas de cualquier
índole, en especial los sociales para garantizar la gobernabilidad y la
convivencia que son razones vitales para la conservar y mantener viva la
especie humana Sapiens, que ha llegado a ese estado de desarrollo
político porque el acuerdo está presente en la inteligencia Sapiens.
También se debe estimar que en Venezuela, el
análisis de los temas universitarios, incluido el eleccionario, no puede ser
abordado con prescindencia de la crítica situación económica del país
y reconocimiento de la exagerada dependencia del presupuesto
universitario de la asignación de los recursos nacionales provenientes del
Estado, de manera que hay que considerar la necesidad y la conveniencia
de que las Autoridades Universitarias adopten una actitud que
propicie acercamientos con el Gobierno Nacional, pensando en el bien de
la Institución Universitaria, en lugar de mantener una postura
hostil permanente, actuando como líderes Institucionales reales, y
no como opositores circunstanciales.
Las soluciones completas no siempre se dan
porque algo se quedará sin la anuencia de todos. Igual, existirán
factores de la diatriba que quedarán fuera de la situación abordable, por vía
de un acuerdo por mayoría, y no del consenso que se da entre pares iguales que
no tienen disenso ni diferencias, y que no es el caso de la universidad, y que
puede ser una artimaña para no acordar lo fundamental.
La participación de entes públicos externos en la
solución de esta crisis debe ser sólo un complemento, ya que la responsabilidad
primaria es de la universidad. Por ello, no debe encerrarse entre no
votar o acatar la decisión de la Sala Constitucional. Hay otras alternativas
basadas en la autonomía universitaria concatenada en los artículos 109 de
la CBRV, 34 de la LOE y 9 de la Ley de Universidades que
amparan una decisión soberana.
La confusión inicial provocada por la decisión 0324 de la
Sala Constitucional del TSJ no debe convertirse en una ganancia
para el gobierno ni en un impedimento para el cumplimiento de una
competencia fundamental de la universidad. Darse su gobierno es
responsabilidad propia e innata de la institución, y
esto debe unir solidaria y prontamente a la mayoría de la
comunidad universitaria con una manifestación autónoma
propia, y que no provenga de entes externos usurpadores,
o corporaciones y grupos de opinión e interés particulares dentro
de la institución.
Se debe reforzar la tesis electoral con elecciones libres
y con órganos y normas soberanas, para que la universidad salga de
la anomia en que se encuentra. Admitir y participar en un proceso de
elecciones bajo la dirección y fines universitarios para
elegir nuevas autoridades es consustancial con la doctrina
universitaria, que además daría legalidad y legitimidad a la nueva dirigencia
con la autoridad que requiere su vocería en nombre de la institucionalidad
universitaria. Actualmente, las autoridades tienen vencido sobradamente su
lapso de ejercicio, una mayoría de decanos son encargados, representantes
profesorales con períodos vencidos, falta de la representación estudiantil
y ausencia de otras representaciones. Además, la universidad ofrecería
una coherencia con su solicitud de elecciones nacionales.
Proponemos la convocatoria por la Universidad de
elecciones democráticas, dentro del marco constitucional y legal del
país, con árbitros confiables y autónomos en sus decisiones y tomando en
cuenta la heterogeneidad cualitativa de la institución, ya que la universidad
es por definición jurídica, académica y política un organismo
democrático, representativo y alternativo, donde cada miembro de la comunidad
universitaria tiene derecho a ejercer su voto de manera inalienable,
exponer sus ideas y decidir en función de una conciencia libre, crítica,
transformadora y creadora.
G Miradas multiples
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