Entre el 28 y 29 de marzo, el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ)
de Venezuela emitió sendas sentencias en las que anuló decisiones del
parlamento, comprometió la inmunidad de sus miembros, y trasladó parte de las
funciones legislativas al poder Judicial.
El 31
de marzo la Fiscal General del país, Luisa Ortega Díaz, en el contexto de la
presentación de la Memoria y Cuenta del Ministerio Público correspondiente al
año 2016, afirmó que las decisiones emanadas del poder judicial constituían una
ruptura del hilo constitucional1. Estas
declaraciones fueron valoradas por el gobierno de Nicolás Maduro como un
“impasse” entre la Fiscalía y el Tribunal.
En medio de una grave crisis económica que disminuye la calidad
de vida de los venezolanos en sus necesidades básicas (alimentación, refugio y
educación), agravada por el recrudecimiento de una crisis política, el gobierno
también cerró las vías institucionales al negar procesos electorales
obligatorios por ley y demandados por amplios sectores del país.
Frente a la situación, la oposición organizada en la Mesa de la
Unidad Democrática (MUD), tiene más de 60 días convocando a distintas
manifestaciones pacíficas en la calle, con una agenda orientada a cuatro
objetivos: elecciones generales, restitución de la institucionalidad
democrática, apertura del canal humanitario y liberación de los presos
políticos.
La respuesta del gobierno venezolano ha sido la criminalización
y represión de la protesta pacífica, activación del Plan Zamora, extensión del
decreto de Estado de Excepción y convocatoria a una Asamblea Nacional
Constituyente de forma inconsulta y con bases comiciales no representativas.
La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), ha
emitido desde el 31 de marzo cinco comunicados, alertando al gobierno
venezolano sobre situaciones contrarias a los estándares internacionales en
materia de protesta social y libertad de expresión enfatizando que “cuando una
manifestación o protesta conduce a situaciones de violencia debe entenderse que
el Estado no fue capaz de garantizar su ejercicio”.
Durante los dos meses de protesta, han sido asesinados más de 60
venezolanos, más de 1000 han resultado heridos por actuaciones de la fuerza
pública y de grupos paramilitares; al menos 300 trabajadores de la prensa han
visto afectado su derecho a la libertad de expresión, han eliminado 2 canales
internacionales de la transmisión por televisión por suscripción y 15 medios
han sido cerrados.
Marco legal ilegítimo
El 18
de abril el presidente Maduro activó el Plan Zamora, un plan operativo especial
diseñado para el mantenimiento y control de orden público interno del que sólo
se conocen los detalles ofrecidos por funcionarios militares en sus
declaraciones, entre ellos, la referencia a un plan “cívico-militar” destinado
a mantener el orden interno mediante la acción militar de la Guardia Nacional,
y el uso de la justicia militar como medida para procesar a personas detenidas
en manifestaciones 2.
El 2
de mayo se instalaron tribunales militares en el estado Carabobo (a dos horas
de Caracas), para procesar a los detenidos durante la protestas en la entidad.
Al menos 40 civiles fueron acusados de instigación a la rebelión y delitos de
ataque al centinela 3, situación que se repitió con manifestantes
detenidos en los estados Falcón, Lara y Zulia.
Estos procedimientos contrarían el principio del debido proceso
establecido en el artículo 49 de la Constitución Nacional, el principio del
juez natural establecido en el artículo 7 del Código Orgánico Procesal Penal y
el artículo 261 de la Constitución Nacional que establece que delitos
ordinarios serán conocidos por la jurisdicción ordinaria. La justicia militar
sólo puede juzgar delitos de naturaleza militar, los civiles por su misma
condición de civiles, no pueden cometer delitos de naturaleza militar y deben
ser juzgados por su juez natural.
Aunado
a esto, el 13 de mayo el presidente Maduro decretó un estado de emergencia
económica, que se sumó a un estado de excepción vigente desde enero de ese
mismo año. El decreto de estado de excepción otorga facultades amplias al
Presidente de la República que fungen como una especie de “cheque en blanco”,
ya que no se establece cuáles son los derechos limitados y se le otorgan
amplias potestades presupuestarias. Se ha prorrogado por más de un año, a pesar
de que la Constitución Nacional establece una extensión de 60 días 4.
Criminalización de la protesta
Aunque la ley ampara a todo el que quiera manifestar
pacíficamente, líderes del oficialismo y funcionarios han declarado
públicamente utilizando adjetivos que descalifican la protesta. Estos
comentarios buscan justificar la represión y la violencia en contra de los
manifestantes: al generar una opinión negativa ante quienes protestan, se crea
un argumento (inválido) para utilizar la fuerza pública.
El
Presidente califica constantemente al sector opositor como “violento”,
“fascista”, e incluso aseguró que los manifestantes son responsables de “Atacar
un hospital, quemar bibliotecas, atacar ambulatorios, y pare usted de contar
qué no han hecho, asesinar a su propia gente, etcétera”5, declaraciones que hace sin exponer las pruebas y
sin una investigación formal de lo sucedido.
En
otra ocasión, Maduro se refirió a las protestas en el sector popular de La
Vega: “Hubo la activación en la madrugada, hoy, de grupos terroristas, así
serán tratados, han capturado a los grupos terroristas, generaron violencia en
la parroquia La Vega, capturados, identificados y tras la búsqueda del resto de
la banda criminal contratada por la oposición”6.
El 17
de mayo se realizó una vigilia con antorchas en honor a los asesinados en las
protestas, Maduro se refirió a la manifestación como “(…) una locura. Están
convocando a algo que es símbolo en Europa, en el mundo, del surgimiento del
nazismo en Alemania, del fachismo musolinieano, en Italia, del franquismo en
España, en general, del pinochetismo, convocando a una marcha de las antorchas.
Con todo el signo fascista y los símbolos fascistas”7.
Ante
hechos de violencia desatados después de la represión de la manifestación
pacífica, Maduro aseguró que los líderes de la oposición “Convocan a su gente y
la mandan asesinar ellos mismos, convocan a su gente y hasta las incendian, les
ponen fuego en el cuerpo, colocan francotiradores, queman escuelas, centros de
salud, persiguen a quien no sea parecidos a ellos”8.
Falta comida y medicinas, sobran las
bombas lacrimógenas
La represión por parte de funcionarios de la Policía Nacional
Bolivariana (PNB) y de la Guardia Nacional Bolivariana (GNB) ha ido en aumento:
uso indiscriminado de gases lacrimógenos, incluso vencidos, hasta el uso de
armas de fuego y la manipulación de municiones con incorporación de metras
(esferas de vidrio), tuercas y balines.
A diferencia de otras jornadas represivas, además de la asfixia
por inhalación de gases o heridas por impacto de perdigón, en los últimos dos
meses las lesiones por traumatismo han tenido un incremento importante ante el
lanzamiento directo al cuerpo de bombas lacrimógenas.
El lanzamiento directo al cuerpo de municiones revela no solo la
actuación delictiva de fuerza pública, civil y militar, al contravenir el
debido uso, sino expone la voluntad de hacer el mayor daño posible a los
manifestantes. No se aplican los criterios del uso proporcional de la fuerza,
los cuerpos de seguridad arremeten sin previa mediación tras impedir el avance
de las movilizaciones.
Juan Pablo Pernalete, quien se encontraba manifestando en la
zona de Altamira el día 26 de abril falleció tras el impacto de una bomba
lacrimógena en el pecho. En su declaración sobre el caso, la Fiscal General de
la República, leyó una de las advertencias escritas en el lateral de una bomba
lacrimógena: “Disparar directamente puede causar la muerte”.
Se ha
registrado el uso de metras, esferas de plomo, tuercas o rolineras en los
cartuchos de las escopetas de perdigones, el implemento de estos objetos en las
cargas puede resultar letal además de incumplir con los estándares nacionales e
internacionales de dispersión de manifestaciones públicas. Es el caso del
asesinato del activista de Voluntad Popular, César Pereira9, ocurrido el 28 de mayo en el oriente del país, por
el impacto de una metra en la zona abdominal.
Represión en los hogares
La represión no se limita a la dispersión de manifestantes, sino
que se extiende al ataque a residencias en horas de la noche y madrugada, sobre
todo en zonas del centro y oeste de la ciudad (municipio Libertador), donde se
prohíbe — bajo la figura de la negación de un permiso illegal — la protesta de
sectores opositores. Tal es el caso de los hechos registrados en Colinas de
Bello Monte, Montalbán, El Paraíso, La Vega y sectores del interior del país
donde la fuerza pública ha allanado ilegalmente residencias y disparado contra
edificios.
Además miembros de las fuerzas de seguridad han robado las
pertenencias de los manifestantes, hechos más frecuentes a finales de mayo. La
GNB despojó de sus teléfonos celulares a ciudadanos, hay reportes de robos y
destrucción de motos, cámaras, equipos de protección y hasta el robo de helados
a un vendedor en Las Mercedes, Caracas.
El
artículo 68 de la Constitución prohíbe el uso de armas químicas y armas de
fuego en el control de manifestaciones pacíficas; sin embargo, hay casos
concretos en los cuales se ha grabado a funcionarios policiales accionando
armas de fuego contra manifestantes10.
Se
han mostrado a través de las redes sociales fotos que evidencian la presencia
de francotiradores con uniformes públicos o desde instalaciones del Estado en zonas de protestas de oposición, videos que muestran
incursión armada en recintos universitarios (UPEL, UCAB, UDO, ULA),
intervención de civiles armados protegidos por la GNB y personas que disparan
armas de fuego contra manifestantes de oposición.
La legislación venezolana establece que solo las manifestaciones
violentas deben ser dispersadas. La manifestación pacífica, por naturaleza, es
legítima. Además existe una presunción favorable en cuanto a las
manifestaciones pacíficas.
Las calles y las redes gritan lo que silencian
los medios
La prensa es la que permite que sea visible lo que sucede en las
manifestaciones, la presencia de los medios de comunicación ha permitido captar
imágenes de la represión estatal y acciones ilegales como miembros de la GNB
disparando directamente a manifestantes. La violencia contra los periodistas
responde a la necesidad de invisibilizar estas realidades y limitar el
contenido que circula.
Los cuerpos de seguridad han dirigido bombas lacrimógenas,
perdigones y descargas de agua a presión de la “ballena” hacia los lugares
donde se encuentran grupos de periodistas. Al menos 20 profesionales de la
comunicación han sufrido lesiones por impacto directo de bombas lacrimógenas en
los últimos dos meses durante la cobertura de manifestaciones.
Es frecuente el hurto de teléfonos celulares, cámaras, e insumos
necesarios para el registro de los hechos; así como el robo de equipos de
protección como máscaras antigases, cascos y chalecos antibalas. En al menos 24
ocasiones, trabajadores de los medios han sido despojados de sus pertenencias y
equipo de trabajo tanto por cuerpos de seguridad como por civiles armados. En
numerosos casos de retenciones también se exige eliminar de las memorias
digitales el material registrado como condición para ser liberados.
Censura en medios nacionales
sobre las marchas de oposición
Después de dos meses de protestas, es poco común que los canales
de televisión nacional transmitan imágenes en vivo sobre las manifestaciones de
oposición, a pesar de ser un hecho relevante para la población, y que se está
generando a nivel nacional.
Los
canales nacionales están bajo la mira: Andrés Méndez, director de la Comisión
Nacional de Telecomunicaciones (Conatel), aseguró a VTV que “Estamos evaluando
siempre el comportamiento de (Globovisión) y de algunos de sus anclas. A veces
sostenemos conversaciones afables con su Presidente”11.
Dos
canales internacionales (El Tiempo TV y Todo Noticias), fueron eliminados de la
televisión por suscripción venezolana el 19 de abril12, por darle
cobertura a las protestas de oposición, eliminando opciones para que los
venezolanos accedan a la información. Ronald Rodríguez, presidente del gremio
que agrupa a las cableoperadoras afirmó: “Constantemente estamos siendo
monitoreados por ley”13.
Estas acciones de presión pretenden disuadir a los medios
nacionales para que no transmitan información completa sobre las
manifestaciones de oposición, sobre la represión por cuerpos del Estado y
contenidos que evidencian la violación de los derechos fundamentales de los
ciudadanos.
En consecuencia, la vía de información cotidiana de los
venezolanos son las redes sociales y aplicaciones de mensajería instantánea,
donde el exceso de datos y la ausencia de esquemas de verificación puede
degenerar en desinformación, alimentar rumores y tergiversar los hechos. Fotos,
videos y textos son transmitidos sin la verificación profesional de un
periodista, lo que facilita la circulación de noticias falsas.
Sin embargo, estos mecanismos de verificación también han sido viralizados
a fin de combatir este flagelo y que la ciudadanía pueda generar dinámicas más
responsables en el manejo de la información que circula a través de vías no
convencionales.
Carencia de información en
medios públicos y tradicionales
La omisión de esta información es grave en los medios del Estado,
ya que éstos se deben a la sociedad en pleno, son financiados con dinero
público y tienen la obligación de atender a todos los sectores sociales y
políticos del país. Sin embargo, son ampliamente transmitidas las alocuciones
de líderes del oficialismo, sus movilizaciones de calle y opiniones mientras se
censura la voz crítica de la oposición y sus líderes.
Canales
del Estado han dejado de transmitir las alocuciones en vivo de la Fiscal
General de la República, Luisa Ortega Díaz, después de que ésta rechazara en
una rueda de prensa las sentencias 155 y 156 de la Sala Constitucional del TSJ,
señalando que “evidencian varias violaciones del orden constitucional y
desconocimiento del modelo de Estado consagrado en nuestra Constitución”14.
El esquema de los medios públicos no se detiene en la política de
omisión de la noticia, sino que también miente abiertamente sobre lo que
acontece en el país. El ejemplo más claro es el caso del asesinato de Juan
Pablo Pernalete el 26 de abril, en torno al cual altos funcionarios del Estado,
como los ministros de Comunicación e Interior, adelantaron hipótesis que
culpaban a grupos de opositores violentos por la muerte del joven.
Inclusive, el ministro de información y comunicación, Ernesto
Villegas, rindió declaraciones sosteniendo un presunto informe forense en el
cual corroboraba la supuesta versión oficial. Luego, el 24 de mayo, la Fiscal
General de la República afirmó en rueda de prensa que, tras investigaciones y
experticias del Ministerio Público, determinaron que Pernalete fue asesinado
por el impacto de una bomba lacrimógena disparada al pecho por un GNB, y que se
estaba a la espera de identificar al responsable. Posteriormente, el Ministerio
Público desmintió esta versión.
Menos derechos si te opones al
gobierno
El patrón de restricciones ha sido que los manifestantes de
oposición no pueden entrar en el Municipio Libertador, en Caracas: son
reprimidos y dispersados en la Autopista Francisco Fajardo, en la Av.
Libertador, Cota Mil y otros accesos a vías que permitirían a las personas
llegar a las sedes de los poderes públicos, ubicados en su mayoría en el
Municipio Libertador.
Sin embargo, los manifestantes oficialistas son convocados en las
cercanías de los principales poderes públicos sin limitación alguna: se
instalan tarimas, se cierran calles y se estimula la participación a través de
parlantes en los edificios institucionales.
La situación se repite con el uso del Metro de Caracas, que cierra
múltiples estaciones cuando la MUD o sectores estudiantiles de oposición
convocan a protestar en la ciudad de Caracas. Al respecto, Espacio Público
introdujo una demanda por derechos colectivos y difusos por la violación del
derecho a la manifestación pacífica, libre tránsito y el de no discriminación
en contra del Ministro de Transporte, Ricardo Molina y el Presidente del Metro,
Gerardo Quintero.
El
principal foco de la demanda es la afectación de los derechos fundamentales
anteriormente señalados, que se ve materializada a través del cierre
intencional de estaciones del Metro de Caracas que forman parte de puntos de
concentración de manifestaciones convocadas por la oposición, esta demanda fue
inadmitida por la Sala Constitucional del TSJ bajo el argumento que la acción
introducida no era la adecuada.
El tratamiento discrecional a un grupo constituye una violación
del derecho, dando prioridad a un grupo de ciudadanos frente a otros,
diferenciados por su tendencia política. Además reitera la discriminación como
una política de Estado de hecho, según la cual los bienes públicos son
otorgados de acuerdo a la filiación partidista, percibidos y manejados como
prebendas, no como derechos universales.
Como resultado, tras dos meses de protesta, insistimos en la
importancia de la documentación rigurosa y sistemática por parte de ciudadanos
y trabajadores de los medios como única posibilidad de garantizar justicia, así
como la difusión de hechos verificados, necesaria para exponer la situación,
combatir la censura y subir el costo a los responsables.
Reiteramos que las violaciones a derechos fundamentales no
prescriben, desde Espacio Público seguiremos trabajando para estos hechos sean
registrados y podamos exigir justicia frente a instancias nacionales e
internacionales.
Referencias
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Panorama, 31 de marzo de 2017, Fiscal
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4.
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Gaceta Oficial Extraordinaria N° 6.298 de fecha 13 de mayo de
2017, fue publicado el Decreto N° 2.849 de la Presidencia de la República.
Decreto Estado de Excepción. vigencia de sesenta (60) días, contados a partir
del 13 de mayo de 2017, prorrogables por sesenta (60) días más.
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5.
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Debate, 07 de mayo de 2017, Maduro
culpa a la oposición por las muertes en Venezuela. Recuperado el 02/06/2017 en https://goo.gl/3IfkKo
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Televisa News, 12 de abril de 2017, Maduro culpa a la oposición tras
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El Estímulo, 16 de mayo de 2017, Maduro: Somos los nuevos Judíos
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Más información en https://goo.gl/rF5Tbu
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Runrun.es, 26 de mayo de 2017, Reuters: Conatel no permite que
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Panorama, 31 de marzo de 2017, Fiscal
General: Sentencias del TSJ evidencian violaciones del orden constitucional.
Recuperado el 05/06/2017 en https://goo.gl/q5jx7c
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6 Junio, 2017
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