La
carta magna establece que la Asamblea Nacional tiene que participar en la
designación y ratificación de las autoridades del instituto emisor
La reforma de la Ley del Banco Central de Venezuela
llevada a cabo por el presidente Nicolás Maduro, mediante la Ley Habilitante y
publicada en la Gaceta Oficial extraordinaria N° 6211 es
inconstitucional. Además, viola la faculta de la Asamblea Nacional de legislar
sobre el sistema socioeconómico de la nación, que está expresamente estipulado
en la carta magna, explicaron los abogados Juan Manuel Rafalli y Gustavo
Linares Benzo.
La reforma, publicada hace dos días, prescinde de
la obligatoriedad de la Asamblea Nacional de nombrar a los dos directores del
BCV que por ley tenía entre sus deberes y deja esta facultad en manos del
presidente de la República. También estipula que la información de los índices
macroeconómicos del país podrá ser secreta o confidencial si así lo
consideraran las autoridades del BCV. También abre la facultad de que el
instituto emisor sea utilizado como financista del gobierno sin control de
ningún órgano contralor.
Linares Benzo afirmó que la reforma contradice
lo establecido en la Constitución, pues la carta magna expresa en la
disposición transitoria 4° en el tercer párrafo del numeral 8 lo siguiente: “La
ley establecerá que al Poder Ejecutivo corresponderá, la designación del
presidente o presidenta del Banco Central de Venezuela y, al menos, de la mitad
de sus directores o directoras; y establecerá los términos de participación del
Poder Legislativo nacional en la designación y ratificación de estas
autoridades”.
Linares Benzo explicó que por norma constitucional
el Parlamento tiene que participar en la designación y ratificación de las
autoridades del instituto emisor. “La Constitución señala que se deben
establecer los términos de esa designación, es decir, que la Asamblea al menos
puede nombrar uno y eso se le pasó por alto a quienes redactaron esa reforma,
que es claramente inconstitucional”.
El también abogado Juan Manuel Rafalli expresó que
la inconstitucionalidad de la reforma se basa en que fue dictada después del 31
de diciembre de 2015, es decir, ya había culminado la Ley Habilitante del
presidente de la República. La Gaceta Oficial sale publicada el 4 de enero y es
en esa fecha cuando se declara la ley vigente. “Corresponde demandar nulidad y
que lo decida la Sala Constitucional”, indicó.
Agregó que otro elemento que demuestra que la
reforma viola la Constitución es que en ella se estipula expresamente que
la Asamblea tiene que velar por el control del sistema monetario; como se
establece en los artículos 187, 318 y 319. “Con esta reforma el presidente se
reserva el control y le resta la autonomía al BCV. Al Parlamento le corresponde
legislar sobre el sistema socieconómico de la República, eso está establecido
en la Constitución y no se puede violar”, afirmó.
Mayoría calificada. En
el sumario de la Gaceta sobre la reforma de ley del BCV se le
describe como ley orgánica cuando desde su creación esta normativa ha sido
ordinaria. Se cree que la intención de la reforma es que no pueda ser
modificada por la bancada opositora ahora que el oficialismo no cuenta con
mayoría calificada, luego del dictamen del TSJ contra tres diputados opositores
electos en Amazona.
Sin embargo, un informe de Bank of America advirtió
que “la mayoría de los dos tercios requerida para la reforma de las leyes
orgánicas está explícitamente detallada y es una fracción del número de
diputados presentes durante la discusión y no de todo el cuerpo legislativo”.
El argumento es apoyado por Linares Benzo y
Raffali, quienes además explicaronn que actualmente hay 163 diputados y no 167,
pero la oposición cuenta con 109 lo que le garantiza la mayoría calificada para
llevar a cabo reformas de leyes orgánicas.
EL DATO
El BCV
fue creado el 8 de septiembre de 1939. Siempre ha contado con un instrumento
legal. Cuando llegó el chavismo en 1999 estaba vigente la ley de 1992 que le
dio paso a la nueva Ley del Banco Central de Venezuela decretada en 2001. Desde
entonces ha sido reformada en seis ocasiones: En los años 2002, 2005, 2009,
2010, 2014 y 2015. Antes de esto estaba en vigencia la Ley de 1992.
BLANCA VERA AZAF
BVERA@EL-NACIONAL.COM6 DE ENERO 2016 - 12:01 AM
BVERA@EL-NACIONAL.COM6 DE ENERO 2016 - 12:01 AM
Foto: La Ley del BCV ha sido reformada en seis oportunidades desde 2002
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